DECRETO 2425 DE 2022
(diciembre 9)
D.O. 52.243, diciembre 9 de 2022
por el cual se hace una apertura de un Consulado Honorario y Una designación en el Servicio Exterior.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, aprobada mediante la Ley 17 de 1971, cualquier Estado puede decidir libremente el nombramiento de Cónsules Honorarios.
Que de conformidad con el artículo 2.2.1.3.2.1 del Decreto 1067 de 2015, las funciones consulares honorarias podrán ser ejercidas por ciudadanos colombianos o extranjeros con disposición para actuar a .favor de los intereses del Estado colombiano y de sus nacionales y que la escogencia del Cónsul Honorario deberá recaer sobre personas que mantengan vínculos con Colombia o la comunidad colombiana, y que acrediten poseer las condiciones económicas y de idoneidad adecuadas para desempeñar honrosamente las funciones que se. le asignen.
Que, como candidata a ocupar el cargo de Cónsul Honorario de Colombia en la ciudad de Capadocia, República de Turquía, la Embajada de Colombia ante la República de Turquía, ha propuesto mediante el memorando ETRAKR.268/21 del 10 de noviembre de 2021 a la señora Ginna Ivonne Narváez Vaca identificada con la cédula colombiana número 52827449.
Que de conformidad con el artículo 2.2.1.3.3 del Decreto 1067 de 2015, corresponde a la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y servicio al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores el estudio y evaluación para la creación de Oficinas Consulares Honorarias y su circunscripción, así como de las personas que serán designadas como Cónsules Honorarios.
Que una vez estudiada la propuesta y evaluada la documentación· presentada por la Embajada de Colombia ante la República de Turquía, la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano ha considerado oportuna y, por consiguiente, ha aprobado la apertura del Consulado Honorario en Capadocia, República de Turquía, así como el nombramiento de la señora Ginna Ivonne Narváez Vaca como Cónsul Honoraria.
Que mediante el memorando I-GECOE-22-004169 del 4 de abril de 2022, la Dirección de Europa igualmente emitió un concepto positivo en relación con la apertura y nombramiento propuestos. Asimismo, con la nota Verbal número 2 Z-2022/80225068-KOPR/34100568 del 8 de marzo de 2022, el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Turquía manifestó su beneplácito frente a la apertura y” nombramiento propuestos.
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Creación. Créase el Consulado Honorario de Colombia en Capadocia, República de Turquía.
Artículo 2°. Nombramiento. Nombrar a la señora Ginna Ivonne Narváez Vaca identificada con la cédula de ciudadanía colombiana número 52827449, como Cónsul Honoraria en la ciudad de Capadocia cori circunscripción en toda la Región de Capadocia, República de Turquía por un periodo inicial de cuatro (4) años.
Artículo 3°. Comunicación. Comuníquese a través de la Embajada a la señora Ginna Ivonne Narváez Vaca y al Estado receptor el presente Decreto.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 9 de diciembre de 2022.
GUSTAVO PETRO URREGO.
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Álvaro Leyva Durán.