DECRETO 24 DE 2021

Decretos 2021

DECRETO 024 DE 2021    

(enero 7)    

D.O. 51.550, enero 7 de 2021    

por medio del cual se autoriza  la compensación de requisitos.    

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,    

en ejercicio de sus  atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el Decreto Ley 770 de 2005, y    

CONSIDERANDO    

Que el Decreto 1083 de 2015,  en su artículo 2.2.2.7.4 establece: “Para la provisión de empleos de libre  nombramiento y remoción, en casos excepcionales, el Presidente de la República  podrá autorizar la compensación de los requisitos señalados en este decreto,  para lo cual se deberá surtir el trámite señalado en el artículo 11 del Decreto Ley 770 de  2005”.    

Que el artículo 11 del Decreto Ley 770 de  2005 señala: “Para la provisión de empleos de libre nombramiento y  remoción, en casos excepcionales, el Presidente de la República podrá autorizar  la compensación de los requisitos señalados en este decreto, por experiencia  sobresaliente en el desempeño de una disciplina, ocupación, arte u oficio,  previa recomendación que formule una comisión evaluadora de los méritos del  candidato, integrada por el Director del Departamento Administrativo de la  Función Pública, quien la presidirá, el Rector de la Universidad Nacional y el  Director de Colciencias.    

Para tal efecto, el  Ministro o Director de Departamento Administrativo del sector interesado en la  provisión del empleo, solicitará a la comisión el estudio pertinente, en  escrito debidamente motivado.    

Si la comisión considera procedente la  compensación de requisitos, informará en un término no mayor de diez (10) días  hábiles al Ministro o Director de Departamento Administrativo solicitante,  quien tramitará ante el Presidente de la República la respectiva  autorización.”    

Que mediante el artículo  125 de la Ley 1955 de 2019  “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022.  “Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”, se fusionó el  Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación (Colciencias),  en el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, el cual continuará con la  misma denominación y como organismo principal de la Administración Pública del  Sector Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación, y señaló que partir  de la entrada en vigencia de la ley, todas las referencias que hagan las normas  vigentes al Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación, se  entenderán efectuadas al Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación.    

Para tal efecto y acorde  con el precitado artículo 11 del Decreto Ley 770 de  2005, mediante comunicación OFI20-00236980 de fecha 9 de noviembre de 2020,  el Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República  solicitó al director del Departamento Administrativo de la Función Pública  someter a consideración de la Comisión Evaluadora de los Méritos la  compensación de los requisitos correspondientes al cargo de Asesor, Código  2210, Grado 14 de la Consejería Presidencial para las Comunicaciones del  Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, por parte de la  doctora Soraya Yanine Montoya, identificada con la  C.C. 51.997.170.    

Que la Comisión  Evaluadora de los Méritos en sesión del 14 de diciembre de 2020, según consta  en Acta No. 2020-002 de la misma fecha, manifestó:    

“La Comisión Evaluadora de los méritos  del candidato precisa que de los requisitos exigidos para el empleo, se debe  compensar la experiencia y los estudios de formación avanzada, en razón a que la  señora SORAYA YANINE MONTOYA acredita título universitario de comunicación  social y periodismo.    

Par el efecto la Comisión evidencia que la  experiencia acreditada por la señora SORAYA YANINE MONTOYA identificada con  cédula de ciudadanía 51.997.170, se ajusta a las condiciones excepcionales  consagradas en el Decreto Ley 770 de  2005, que exige acreditar experiencia sobresaliente en una disciplina,  ocupación, arte u oficio, por cuanto durante su vida laboral ha demostrado  capacidades excepcionales que le han merecido el reconocimiento en el oficio  periodístico gracias al talante de sus investigaciones, por las cuales se ha  hecho merecedora a dos (2) premios y la dirección de programas periodísticos  que le han implicado la producción y cubrimiento de noticias y transmisiones  nacionales e internacionales, liderar consejos de redacción, supervisar el proceso  de producción de noticiero, entre otras.    

Por lo expuesto, se encuentra que los  requisitos exigidos para el desempeño del empleo de Asesor Código 2210 Grado 14  de la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de  la República, relacionados con la experiencia y la formación avanzada pueden  ser compensados con la experiencia sobresaliente, por más de 23 años, que  acredita la señora SORAYA YANINE MONTOYA.    

En consecuencia, la Comisión Evaluadora acordó  por UNANIMIDAD recomendarle al señor Presidente de la República autorizar la  compensación de los requisitos señalados en el Decreto 1083 de 2015,  Único Reglamentario del Sector Función Pública, y en el Manual de Funciones y  Competencias Laborales, para ocupar el empleo de Asesor Código 2210 Grado 14 de  la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la  República, empleo clasificado de libre nombramiento y remoción.”    

Que en virtud de lo expuesto,    

DECRETA    

Artículo 1. Autorización  de compensación de requisitos. Acoger la recomendación de la Comisión  Evaluadora de los Méritos emitida el día 14 de diciembre de 2020, según consta  en Acta No. 2020-002 de la misma fecha, y en consecuencia autorizar la  compensación de requisitos de la señora SORAYA YANINE MONTOYA, identificada con  cédula de ciudadanía 51.997.170, para ser nombrada en el cargo de Asesor Código  2210 Grado 14 de la Consejería Presidencial para las Comunicaciones del  Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, empleo  clasificado de libre nombramiento y remoción.    

Artículo 2. Vigencia.  El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase    

Dado en Bogotá,  D.C., a 7 de enero de 2021    

IVAN  DUQUE MARQUEZ    

El Director  del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República    

Diego  Andrés Molano Aponte    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *