DECRETO 024 DE 2021
(enero 7)
D.O. 51.550, enero 7 de 2021
por medio del cual se autoriza la compensación de requisitos.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el Decreto Ley 770 de 2005, y
CONSIDERANDO
Que el Decreto 1083 de 2015, en su artículo 2.2.2.7.4 establece: “Para la provisión de empleos de libre nombramiento y remoción, en casos excepcionales, el Presidente de la República podrá autorizar la compensación de los requisitos señalados en este decreto, para lo cual se deberá surtir el trámite señalado en el artículo 11 del Decreto Ley 770 de 2005”.
Que el artículo 11 del Decreto Ley 770 de 2005 señala: “Para la provisión de empleos de libre nombramiento y remoción, en casos excepcionales, el Presidente de la República podrá autorizar la compensación de los requisitos señalados en este decreto, por experiencia sobresaliente en el desempeño de una disciplina, ocupación, arte u oficio, previa recomendación que formule una comisión evaluadora de los méritos del candidato, integrada por el Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, quien la presidirá, el Rector de la Universidad Nacional y el Director de Colciencias.
Para tal efecto, el Ministro o Director de Departamento Administrativo del sector interesado en la provisión del empleo, solicitará a la comisión el estudio pertinente, en escrito debidamente motivado.
Si la comisión considera procedente la compensación de requisitos, informará en un término no mayor de diez (10) días hábiles al Ministro o Director de Departamento Administrativo solicitante, quien tramitará ante el Presidente de la República la respectiva autorización.”
Que mediante el artículo 125 de la Ley 1955 de 2019 “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022. “Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”, se fusionó el Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación (Colciencias), en el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, el cual continuará con la misma denominación y como organismo principal de la Administración Pública del Sector Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación, y señaló que partir de la entrada en vigencia de la ley, todas las referencias que hagan las normas vigentes al Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación, se entenderán efectuadas al Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Para tal efecto y acorde con el precitado artículo 11 del Decreto Ley 770 de 2005, mediante comunicación OFI20-00236980 de fecha 9 de noviembre de 2020, el Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República solicitó al director del Departamento Administrativo de la Función Pública someter a consideración de la Comisión Evaluadora de los Méritos la compensación de los requisitos correspondientes al cargo de Asesor, Código 2210, Grado 14 de la Consejería Presidencial para las Comunicaciones del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, por parte de la doctora Soraya Yanine Montoya, identificada con la C.C. 51.997.170.
Que la Comisión Evaluadora de los Méritos en sesión del 14 de diciembre de 2020, según consta en Acta No. 2020-002 de la misma fecha, manifestó:
“La Comisión Evaluadora de los méritos del candidato precisa que de los requisitos exigidos para el empleo, se debe compensar la experiencia y los estudios de formación avanzada, en razón a que la señora SORAYA YANINE MONTOYA acredita título universitario de comunicación social y periodismo.
Par el efecto la Comisión evidencia que la experiencia acreditada por la señora SORAYA YANINE MONTOYA identificada con cédula de ciudadanía 51.997.170, se ajusta a las condiciones excepcionales consagradas en el Decreto Ley 770 de 2005, que exige acreditar experiencia sobresaliente en una disciplina, ocupación, arte u oficio, por cuanto durante su vida laboral ha demostrado capacidades excepcionales que le han merecido el reconocimiento en el oficio periodístico gracias al talante de sus investigaciones, por las cuales se ha hecho merecedora a dos (2) premios y la dirección de programas periodísticos que le han implicado la producción y cubrimiento de noticias y transmisiones nacionales e internacionales, liderar consejos de redacción, supervisar el proceso de producción de noticiero, entre otras.
Por lo expuesto, se encuentra que los requisitos exigidos para el desempeño del empleo de Asesor Código 2210 Grado 14 de la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, relacionados con la experiencia y la formación avanzada pueden ser compensados con la experiencia sobresaliente, por más de 23 años, que acredita la señora SORAYA YANINE MONTOYA.
En consecuencia, la Comisión Evaluadora acordó por UNANIMIDAD recomendarle al señor Presidente de la República autorizar la compensación de los requisitos señalados en el Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector Función Pública, y en el Manual de Funciones y Competencias Laborales, para ocupar el empleo de Asesor Código 2210 Grado 14 de la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, empleo clasificado de libre nombramiento y remoción.”
Que en virtud de lo expuesto,
DECRETA
Artículo 1. Autorización de compensación de requisitos. Acoger la recomendación de la Comisión Evaluadora de los Méritos emitida el día 14 de diciembre de 2020, según consta en Acta No. 2020-002 de la misma fecha, y en consecuencia autorizar la compensación de requisitos de la señora SORAYA YANINE MONTOYA, identificada con cédula de ciudadanía 51.997.170, para ser nombrada en el cargo de Asesor Código 2210 Grado 14 de la Consejería Presidencial para las Comunicaciones del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, empleo clasificado de libre nombramiento y remoción.
Artículo 2. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase
Dado en Bogotá, D.C., a 7 de enero de 2021
IVAN DUQUE MARQUEZ
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
Diego Andrés Molano Aponte