DECRETO 2394 DE 2022

Decretos 2022

DECRETO 2394 DE 2022    

(diciembre 2)    

D.O. 52.236, diciembre 2 de  2022    

por el cual se hace una  reubicación en la planta de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en  especial las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política,  el artículo 2.2.5.4.6 del Decreto 1083 de 2015,  y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Decreto  2038 del 14 de octubre de 2022, fue reubicado en la planta externa el señor  Hans de Francesco Maldonado, identificado con cédula de ciudadanía número  80033437, en el cargo de Primer Secretario de Relaciones Exteriores, código  2112, grado 19 de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores,  adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la República Singapur; a  la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la República de Venezuela.    

Que por necesidades del  servicio se reubicará a Hans de Francesco Maldonado, en el Consulado General de  Colombia en Caracas, República Bolivariana de Venezuela.    

Que, en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Reubicación.  Reubicar al señor Hans De Francesco Maldonado, identificado con cédula de  ciudadanía número 80033437, quien se desempeña como Primer Secretario de  Relaciones Exteriores, código 2112, grado 19, de la planta global del  Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito a la Embajada de Colombia ante el  Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela; al Consulado General de  Colombia en Caracas, República Bolivariana de Venezuela.    

Parágrafo. El señor Hans de  Francesco Maldonado es funcionario inscrito en el escalafón de la Carrera  Diplomática y Consular, en la categoría de Primer Secretario.    

Artículo 2°. Erogaciones.  Beneficios Especiales. De acuerdo con el artículo 62 del Decreto ley 274 de  2000, Hans de Francesco Maldonado no tendrá derecho a los beneficios  especiales previstos en dicha norma, por cuanto no requiere desplazarse a otro  país o a otra ciudad dentro del país donde ha sido reubicado.    

Artículo 3°. Comunicación.  Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones  Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca  la norma.    

Artículo 4°. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 2 de  diciembre de 2022.    

GUSTAVO PETRO URREGO.    

El Ministro de Relaciones  Exteriores,    

Álvaro Leyva Durán.    

               

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