DECRETO 238 DE 2021

Decretos 2021

DECRETO 238 DE 2021     

(marzo 4)    

D.O. 51.606, marzo 4 de 2021    

por el cual se crea la Notaría  Ochenta y Una (81) del Círculo Notarial de Bogotá, D. C.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en  especial de las que le confiere el artículo 131 de la Constitución Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que de acuerdo con el inciso 3°  del artículo 131 de la Constitución Política, “Corresponde  al Gobierno la creación, supresión y fusión de los círculos de notariado y  registro y la determinación del número de notarios y oficinas de registro”;    

Que de conformidad con el  numeral 7 del artículo 11 del Decreto 2723 de 2014,  le corresponde a la Superintendencia de Notariado y Registro “Proponer al  Gobierno nacional la creación, supresión, fusión y recategorización de Notarías  y sus círculos respectivos, de conformidad con las disposiciones legales  vigentes”;    

Que mediante estudio técnico adjunto  al Oficio SNR20201E017636 del 18 de diciembre de 2020, el Jefe de la Oficina  Asesora de Planeación de la Superintendencia de Notariado y Registro (e.)  concluyó que es viable “la creación de una Notaría en el Círculo  Notarial de Bogotá” -de primera categoría-, recomendando su ubicación en la  Localidad Antonio Nariño, Barrio Restrepo, atendiendo los siguientes factores:    

“Revisada la información  demográfica de la ciudad de Bogotá, conforme al censo 2018, llevado a cabo por  el DANE se tasó en 7.150.000 habitantes, de los cuales, 109.104 son los  habitantes de la Localidad Antonio Nariño, lo cual, conforme a lo evidenciado  en presente documento, Bogotá por zonas de unificación humana, se presenta la  necesidad de ampliar la cobertura del servicio público del servicio público  notarial en el Círculo Notarial de Bogotá, D. C.”    

“Analizada la producción de  escrituras públicas en el Círculo Notarial de Bogotá, se observó una constante  en la producción de escrituras públicas dentro del Círculo, cuyo promedio en  los últimos 5 años asciende a 4.074 escrituras, por cuanto, cumple con los  criterios legales necesarios para la creación de una nueva notaría dentro de un  círculo notarial”.    

“Analizadas las variables de  las actividades económicas que se llevan a cabo en la Localidad Antonio (sic),  se observó que la industria, el comercio, y la prestación de servicios,  corresponde a la mayoría de las actividades que se llevan a cabo en la  localidad Antonio Nariño, con 8.398 sociedades, 5.554 y los comerciantes  inscritos en la CCB, que establecimientos de comercio que cuentan con su  domicilio en la localidad, que para el desarrollo de sus actividades dependen  de los servicios notariales, evidencian la necesidad de la prestación del  servicio en ese territorio”.    

“Una vez verificado los índices  socioeconómicos de la Ciudad de Bogotá, se encontró sustentada, la necesidad de  la ampliación del servicio público notarial, con el fin de que se ubique en la  Localidad Antonio Nariño, teniendo en cuenta la ausencia de los servicios que  se pretenden, en la localidad”.    

“De acuerdo con lo planteado en  el presente documento, se observó que, con ocasión a las características  económicas, la ubicación de los establecimientos de comercio y sociedades en la  Localidad Antonio Nariño, se recomienda que la ubicación de la Notaría que se  pretende crear sea en el Barrio Restrepo”;    

Que mediante Oficio OAJ-131  SNR2021EE007160 del 4 de febrero de 2021 radicado en el Ministerio de Justicia  y del Derecho el 8 de febrero de 2021, con el Radicado MJD-EXT21-0005906, la  Superintendencia de Notariado y Registro de conformidad con las atribuciones  conferidas por el numeral 7 del artículo 11 del Decreto 2723 de 2014,  propuso al Gobierno nacional, la creación de la Notaría Ochenta y Una (81) del  Círculo Notarial de Bogotá, D. C.;    

Que el Gobierno nacional  teniendo en cuenta las razones expuestas por la Superintendencia de Notariado y  Registro, establece la necesidad de crear la Notaría Ochenta y Una (81) del Círculo  Notarial de Bogotá, D. C. -de primera categoría- en la Localidad Antonio  Nariño, Barrio Restrepo, con el fin de garantizar y facilitar el acceso al  servicio público notarial a la ciudadanía en general y especialmente, a quienes  habitan en la Localidad Antonio Nariño, permitiéndoles adelantar todos los  trámites notariales que requieran, sin incurrir en mayores desplazamientos y  gastos económicos;    

Que de conformidad con el  inciso segundo del artículo 157 del Decreto Ley 960 de  1970 modificado por el artículo 44 del Decreto 2163 de 1970,  “la Superintendencia de Notariado y Registro determinará la localización de  las notarías en los círculos de primera y segunda categoría, de modo que a los  usuarios del mismo les sea posible utilizarlo en la forma más fácil y  conveniente de acuerdo con la extensión y características especiales de cada  ciudad”;    

En mérito de lo expuesto;    

DECRETA:    

Artículo 1º. Créase la Notaría  Ochenta y Una (81) del Círculo Notarial de Bogotá, D. C., de primera categoría,  en la Localidad Antonio Nariño, Barrio Restrepo.    

Parágrafo. Para trámites  administrativos, informáticos, financieros y contables ante la Superintendencia  de Notariado y Registro, la Notaría Ochenta y Una (81) del Círculo Notarial de  Bogotá, D. C. se identificará con el Código número “2500000081”, asignado por  la misma Superintendencia. Este código podrá ser modificado cuando por  necesidades del servicio sea requerido.    

Artículo 2º. La  Superintendencia de Notariado y Registro verificará que el local en donde  funcione la Notaría Ochenta y Una (81) del Círculo Notarial de Bogotá, D. C.,  reúna las condiciones exigidas para la excelente prestación del servicio, en  observancia de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 157 del Decreto Ley 960 de  1970 modificado por el artículo 44 del Decreto 2163 de 1970.    

Artículo 3º. El presente  decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 4 de  marzo de 2021.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

El Ministro de Justicia y del  Derecho,    

Wilson Ruiz Orejuela.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *