DECRETO 235 DE 2022
(febrero 17)
D.O. 51.951, febrero 17 de 2022
por el cual se designa alcaldesa ad hoc del municipio de San Juan de Pasto, departamento de Nariño.
El Ministro del Interior de la República de Colombia, delegatario de funciones presidenciales mediante Decreto 197 de 7 de febrero de 2022, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por los artículos 189 de la Constitución Política, 66 de la Ley 4a de 1913, en concordancia con los artículos 55 de la Ley 909 de 2004 y 2.2.5.5.19 del Decreto 1083 del 2015, y
CONSIDERANDO:
Que mediante oficio de 22 de diciembre de 2021, dirigido a la Registraduría Especial del Estado Civil de Pasto, a su vez trasladado a la Procuraduría Regional de Nariño, a través del oficio con radicación E-2021-717954 del 24 del mismo mes y año, el señor Germán Chamorro de la Rosa, alcalde del municipio de San Juan de Pasto, departamento de Nariño, indicó que, en atención al escrito 001752 de 17 de diciembre de 2021, por el cual se allegó una respuesta emitida por parte del Ministerio de Salud y Protección Social, en el sentido de señalar que es él mismo, el competente para asumir la vigilancia y control del cumplimiento de un protocolo biosanitario mínimo en el marco de la entrega de formularios y recolección de apoyos requeridos para el proceso de revocatoria de mandato que cursa en su contra, manifestó su impedimento para ejercer tales actividades dispuestas por el Gobierno nacional en el Decreto 539 de 2020, razón por la cual invocó la causal de impedimento prevista en el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011.
Que a través del auto de 31 de diciembre de 2021, proferido dentro del proceso con radicación IUS-E-2021-717954, el procurador Regional de Nariño resolvió aceptar el impedimento manifestado por el doctor Germán Chamorro de la Rosa, en su calidad de alcalde del municipio de San Juan de Pasto, para adelantar la vigilancia y control dispuesto por el Gobierno nacional mediante el Decreto 539 de 2020, encontrando configurada la causal de impedimento invocada y, consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc.
Que mediante escrito radicado en el Ministerio del interior bajo la PQRSD-000045 del 3 de enero de 2022, la doctora Nathalia Alexandra Vallejo Hernández, procuradora Regional de Nariño AF, informó que, cursaba en ese despacho un nuevo trámite de impedimento, propuesto por el señor Hollman Ibáñez Parra, en su condición de apoderado del señor Germán Chamorro de la Rosa, alcalde del municipio de San Juan de Pasto, Nariño, a través del radicado E-2022-00380 de 31 de diciembre de 2021, con el cual se adicionaron argumentos a los ya expuestos en el oficio de 22 de diciembre de 2022, de manera que indicó que al parecer el trámite tenía incidencia con el impedimento ya resuelto, y recomendó suspender el cumplimiento del auto de 31 de diciembre de 2021, antes mencionado, hasta tanto se resolviera el segundo impedimento.
Posteriormente, mediante auto de 17 de enero de 2022, proferido dentro del proceso con radicación IUS-E-2022-00380, el procurador Regional de Nariño resolvió no aceptar el impedimento manifestado por el señor Germán Chamorro de la Rosa, a través de su apoderado Hollman Ibáñez, al considerar que las causales contempladas en los numerales 2 y 11 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011 no se encontraban debidamente soportadas, y reiteró que la solicitud de impedimento relacionada con el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011 fue resuelta de fondo por ese despacho mediante auto de 31 de diciembre de 2021, que fue debidamente comunicada a los interesados, razón por la cual se trata de una decisión que se encuentra en firme.
Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 del 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “(…) será de competencia del Presidente de la República decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual se nombra con carácter transitorio (…), se designará a la doctora María Paulina Patiño Giraldo, Asesor código 1020, grado 15, del despacho del Ministro del Interior, para ser designada como alcaldesa ad hoc para el municipio de San Juan de Pasto, Nariño.
Que el artículo 209 de la Constitución Política preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo 3°.
Que con el fin de dar cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar al alcalde ad hoc del municipio de San Juan de Pasto, departamento de Nariño.
Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4a de 1913, corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014, a través del radicado número 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203).
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Designación alcaldesa ad hoc de San Juan de Pasto. Designar como alcaldesa ad hoc del municipio de San Juan de Pasto, Nariño, a la doctora María Paulina Patiño Giraldo, identificada con la cédula de ciudadanía número 42.827.597, quien se desempeña en el cargo de asesor código 1020, grado 15 del despacho del ministro del Interior, para adelantar la vigilancia y control dispuesto por el Gobierno nacional mediante Decreto 539 de 2020, respecto del cumplimiento de los protocolos de bioseguridad que se deben implementar en el marco de la entrega de formularios y recolección de apoyos ciudadanos requeridos en el proceso de revocatoria de mandato que cursa en contra del señor Germán Chamorro de la Rosa, alcalde del referido ente territorial, de conformidad con la parte motiva del presente decreto.
Artículo 2°. Posesión. La alcaldesa ad hoc designada en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.
Artículo 3°. Comunicación. Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto a la alcaldesa ad hoc designada en este acto, al alcalde titular del municipio de San Juan de Pasto, a la Gobernación de Nariño, a la Procuraduría Regional de Nariño y a la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 17 de febrero de 2022.
DANIEL ANDRÉS PALACIOS MARTÍNEZ
El Ministro del Interior,
Daniel Andrés Palacios Martínez.