DECRETO 2330 DE 2022

Decretos 2022

DECRETO 2330 DE 2022     

(noviembre 28)    

D.O. 52.232, noviembre 28 de 2022    

por el cual se retira del servicio al señor  Ramón Alberto Lozada de la Cruz, Notario Setenta y Cinco (75) del Círculo  Notarial de Bogotá, D. C., por haber alcanzado la edad de retiro forzoso.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades  constitucionales y legales, en especial de las que le confieren los artículos  181 y 182 inciso 2 del Decreto ley 960 de  1970, el artículo 1° de la Ley 1821 de 2016,  corregido por el artículo 1° del Decreto número  321 de 2017, y    

CONSIDERANDO:    

Que el inciso segundo del artículo 182 del Decreto ley 960 de  1970, por el cual se expide el estatuto del Notariado”, dispone que el  retiro del Notario “se producirá a solicitud del interesado, del Ministerio  Público, de la Vigilancia Notarial, o de oficio, dentro del mes siguiente a la  ocurrencia de la causal”.    

Que, a su vez, el artículo 1° de la Ley 1821 de 2016, por  medio de la cual se modifica la edad máxima para el retiro forzoso de las  personas que desempeñan funciones públicas, corregido por el artículo 1°  del Decreto número  321 de 2017, establece que “… la edad máxima para el retiro del cargo  de las personas que desempeñen funciones públicas será de setenta (70) años.  Una vez cumplidos, se causará el retiro inmediato del cargo que desempeñen sin  que puedan ser reintegradas bajo ninguna circunstancia”.    

Que el artículo 2.2.6.1.5.3.12 del Decreto número  1069 de 2015 señala que, “son causales de retiro forzoso la edad o la  incapacidad física o mental permanente”.    

Que el Gobierno nacional, mediante el Decreto  número 907 de 16 de marzo de 2009, designó al señor Ramón Alberto Lozada de  la Cruz, identificado con la cédula de ciudadanía número 13882143, en el cargo  de Notario Setenta y Cinco (75) del Círculo Notarial de Bogotá, D. C., en  propiedad.    

Que el 26 de agosto de 2022 el señor Ramón Alberto Lozada de la  Cruz cumplió 70 años de edad, de acuerdo con la información consignada en el  registro civil de nacimiento tomo 36/75 folio 1519126, que reposa en el archivo  de la Superintendencia de Notariado y Registro.    

Que en este orden, se procede a retirar del servicio al señor  Ramón Alberto Lozada de la Cruz, quien se encuentra desempeñando el cargo de  Notario Setenta y Cinco (75) del Círculo Notarial de Bogotá D.C., en propiedad,  por cumplimiento de la edad de retiro forzoso.    

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 150 del Decreto ley 960 de  1970, el señor Ramón Alberto Lozada de la Cruz no podrá separarse del  desempeño de sus funciones mientras no se haya hecho cargo de ellas quien deba  remplazarlo.    

Que mediante el Decreto  número 1730 del 23 de agosto de 2022, se designó como ministro de Justicia  y del Derecho ad hoc, al Ministro del Interior, doctor Hernando Alfonso  Prada Gil, para desarrollar las funciones relacionadas con el servicio público  notarial.    

En mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Retiro del Servicio del Notario 75 del Círculo de  Bogotá. Retírese del servicio, a partir de la fecha de publicación del presente  Acto Administrativo, al señor Ramón Alberto Lozada de la Cruz, identificado con  la cédula de ciudadanía número 13882143, quien se encuentra desempeñando el  cargo de Notario Setenta y Cinco (75) del Círculo Notarial de Bogotá, D. C., en  propiedad, por cumplimiento de la edad de retiro forzoso, de conformidad con lo  señalado en la parte motiva de este decreto.    

Parágrafo. El señor Ramón Alberto Lozada de la Cruz, no podrá  separarse del desempeño de sus funciones mientras no se haya hecho cargo de  ellas quien deba remplazarlo.    

Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la  fecha de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 28 de noviembre de 2022.    

GUSTAVO PETRO URREGO    

El Ministro de Justicia y del Derecho ad hoc,    

Hernando Alfonso Prada Gil.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *