DECRETO 2196 DE 2022

Decretos 2022

DECRETO 2196 DE 2022    

(noviembre 15)    

D.O. 52.219, noviembre 15 de 2022    

por el cual se hace una designación en comisión para  situaciones especiales a la planta interna del Ministerio de Relaciones  Exteriores.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le  confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución, artículos  35 al 40, el literal a) del artículo 53 y artículo 62 del Decreto ley 274 de  2000, y    

CONSIDERANDO:    

Que, el literal b) del  artículo 39 del Decreto ley 274 de  2000, señala que cumplido por el funcionario el término correspondiente a  cada lapso la Dirección de Talento Humano o la dependencia que hiciere sus veces,  coordinará las gestiones administrativas para disponer el desplazamiento del  funcionario en legal forma.    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Comisión. Comisiónase a la planta interna a la señora  Adriana del Rosario Mendoza Agudelo, identificada con cédula de ciudadanía  número 31958594, al cargo de Ministro Plenipotenciario, Código 0074, Grado 22,  de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores.    

Parágrafo 1°. La señora Adriana del  Rosario Mendoza Agudelo es funcionaria inscrita en el escalafón de la Carrera  Diplomática y Consular, en la categoría de Embajador.    

Parágrafo 2°. El término para el desplazamiento previsto en el  parágrafo 1°  del artículo 39 del Decreto ley 274 de  2000, una vez comunicado el presente decreto, podrá ser prorrogado en los  casos en que el país de destino no otorgue las condiciones necesarias para que  pueda darse el desplazamiento con ocasión de la pandemia del nuevo Coronavirus  Covid-19.    

Artículo 2°. Erogaciones. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento  del presente decreto, se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de  Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.    

Artículo 3°. Comunicación. Corresponderá a la Dirección de Talento  Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente  decreto en los términos que establezca la norma.    

Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir  de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 15 de noviembre de 2022.    

GUSTAVO PETRO URREGO    

El Ministro de Relaciones Exteriores,    

Álvaro Leyva Durán.    

               

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