DECRETO 215 DE 2023

Decretos 2023

DECRETO 215 DE 2023     

(febrero 14)    

D.O. 52.308, febrero 14 de 2023    

por el cual se realiza un encargo en la planta de personal del  Centro Dermatológico Federico Lleras Acosta E.S.E.    

Nota: Ver Decreto 853 de 2023.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales, legales y  reglamentarias, especialmente las conferidas por el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política de  Colombia y los artículos 2.2.5.1.1, 2.2.5.5.41, 2.2.5.5.43, 2.2.5.5.45 del Decreto número  1083 de 2015    

CONSIDERANDO:    

Que mediante el Decreto  número 2172 del 10 de noviembre de 2022, en cumplimiento a lo dispuesto en  el artículo 20 de la Ley 1797 de 2016, se  tuvo por culminado el periodo institucional de la doctora Clemencia Elena  Ovalle Bracho, en el empleo de Director General de Entidad Descentralizada,  Código 0015 Grado 23, del Centro Dermatológico Federico Lleras Acosta E.S.E.;    

Que, para garantizar el  cumplimiento y la continuidad en la prestación del servicio, se hace necesario  encargar hasta por el término de tres meses (3) al doctor Mauricio Molina  Achury, de las funciones del empleo de Director General de Entidad  Descentralizada, Código 0015 Grado 23 del Centro Dermatológico Federico Lleras  Acosta E.S.E. sin perjuicio del ejercicio de las funciones propias de su cargo;    

En mérito de lo expuesto.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Encargo. Encargar  hasta por el término de tres (3) meses al doctor Mauricio Molina Achury,  identificado con cédula de ciudadanía número 79368488, de las funciones del  empleo de Director General de Entidad Descentralizada, Código 0015 Grado 23,  del Centro Dermatológico Federico Lleras Acosta E.S.E., sin perjuicio del  ejercicio de las funciones propias de su cargo.    

Artículo 2°. Comunicación.  Comuníquese, a través de la Secretaría General del Ministerio de Salud y  Protección Social, el presente acto administrativo al doctor Mauricio Molina Achury.    

Artículo 3°. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 14 de  febrero de 2023.    

GUSTAVO PETRO URREGO    

La Ministra de Salud y Protección  Social,    

Diana Carolina Corcho Mejía.    

               

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