DECRETO 2142 DE 2022

Decretos 2022

DECRETO  2142 DE 2022    

(noviembre 4)    

D.O. 52.208, noviembre 4 de  2022    

por el cual se hace una reubicación  en la planta de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en  especial las que le confieren el numeral 2° del artículo 189 de la Constitución Política,  el artículo 2.2.5.4.6 del Decreto 1083 de 2015,  y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Decreto  1370 del 28 octubre de 2021, fue comisionada a la planta externa la señora  Sonia Marina Pereira Portilla, identificada con cédula de ciudadanía número  30724433, en el cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, código  0036, grado 25, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores,  adscrito a la Misión Permanente de Colombia ante la Organización de Naciones  Unidas, (ONU) con sede en Nueva York, Estados Unidos de América, del cual tomó  posesión el 29 de noviembre de 2021.    

Que, por necesidades del  servicio, es pertinente reubicar a un Ministro Plenipotenciario, código 0074,  grado 22, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores.    

Que, en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Reubicación.  Reubicar a la señora Sonia Marina Pereira Portilla, identificada con cédula de  ciudadanía número 30724433, quien se desempeña como Ministro Plenipotenciario,  código 0074, grado 22, de la planta global del Ministerio de Relaciones  Exteriores, adscrito a la Embajada de Colombia ante la Organización de Naciones  Unidas, (ONU)-con sede en Nueva York, Estados Unidos de América; al Consulado  General de Colombia en San Francisco, Estados Unidos de América.    

Parágrafo. La señora Sonia  Marina Pereira Portilla es funcionaria inscrita en el escalafón de la Carrera  Diplomática y Consular, en la categoría de Embajador.    

Artículo 2°. Asignación. La  señora Sonia Marina Pereira Portilla ejercerá las funciones de Cónsul General  en el Consulado General de Colombia en San Francisco, Estados Unidos de América  y se desempeñará como Jefe de la Oficina Consular mencionada.    

Artículo 3°. Erogaciones. Las  erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto se pagarán con  cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo  Rotatorio.    

Artículo 4°. Comunicación.  Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones  Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca  la norma.    

Artículo 5°. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 4 de  noviembre de 2022.    

GUSTAVO PETRO URREGO    

El Ministro de Relaciones  Exteriores,    

Álvaro Leyva Durán.    

               

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