DECRETO 213 DE 2023
(febrero 14)
D.O. 52.308, febrero 14 de 2023
por el cual se designa al Embajador de Colombia ante el Gobierno del Reino de Bélgica como Jefe de la Misión de la República de Colombia ante la Unión Europea.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 2° del artículo 189 de la Constitución Política y el parágrafo 1° del artículo 6° del Decreto Ley 274 de 2000,
CONSIDERANDO
Que, mediante Decreto número 2565 del 19 de diciembre de 2022, Jorge Enrique Rojas Rodríguez, identificado con cédula de ciudadanía número 6879097, fue nombrado en el cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, Código 0036, Grado 25, de la planta de personal del Despacho de los Jefes de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno del Reino de Bélgica, del cual tomó posesión el 30 de enero de 2023.
Que la Convención de Viena de 1961 sobre Relaciones Diplomáticas, aprobada por la Ley 6ª de 1972, y en vigor para Colombia, establece en el artículo 5° que el Jefe de Misión o cualquier miembro del personal diplomático de una misión ante un Estado receptor podrá representar al Estado acreditante ante cualquier organización internacional.
Que el Consejo Europeo y la Comisión Europea, a través del Servicio Europeo de Acción Exterior, mediante Nota Verbal número NV.EEAS.ACC.2023.002 del 10 de enero de 2023, concedió su consentimiento para la designación, por parte del Gobierno de Colombia, de Jorge Enrique Rojas Rodríguez como Jefe de la Misión de la República de Colombia ante la Unión Europea.
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Designación. Designar a Jorge Enrique Rojas Rodríguez, identificado con cédula de ciudadanía número 6879097, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, Código 0036, Grado 25, de la planta de personal del Despacho de los Jefes de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno del Reino de Bélgica, como Jefe de la Misión de la República de Colombia ante la Unión Europea.
Artículo 2°. Comunicación. Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.
Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 14 de febrero de 2023.
GUSTAVO PETRO URREGO
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Álvaro Leyva Durán.