DECRETO 2122 DE 2022
(noviembre 2)
D.O. 52.206, noviembre 2 de 2022
por medio del cual se acepta una renuncia y se efectúa un nombramiento ordinario.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, y en particular, las previstas en el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política, y los artículos 2.2.5.1.1. y 2.2.11.1.3 del Decreto 1083 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que el doctor Juan Camilo Giraldo Zuluaga mediante comunicado de fecha 10 de octubre de 2022, presentó renuncia al empleo de Subdirector de Departamento Administrativo Código 0025, Grado 00 de la Subdirección General para la Superación de la Pobreza del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social.
Que ante la vacancia que se genera con ocasión de la aceptación de renuncia del doctor Juan Camilo Giraldo Zuluaga, se hace necesario proveer el empleo de Subdirector de Departamento Administrativo Código 0025, Grado 00 de la Subdirección General para la Superación de la Pobreza del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social.
DECRETA:
Artículo 1 °. Aceptación de renuncia. Aceptar la renuncia presentada por el doctor Juan Camilo Giraldo Zuluaga identificado con cédula de ciudadanía número 1053787623, al empleo de Subdirector de Departamento Administrativo Código 0025, Grado 00 de la Subdirección General para la Superación de la Pobreza del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, a partir de la fecha.
Artículo 2°. Nombramiento. Nombrar a la doctora Sally Ann García Taylor identificada con cédula de ciudadanía número 40991454 en el empleo de Subdirector de Departamento Administrativo Código 0025, Grado 00 de la Subdirección General para la Superación de la Pobreza del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, a partir de la fecha.
Artículo 3°. Comunicación. Comunicar este decreto a los doctores Juan Camilo Giraldo Zuluaga y Sally Ann García Taylor a través de la Subdirección de Talento Humano del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 2 de noviembre de 2022.
GUSTAVO PETRO URREGO.
La Directora del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social,
Cielo Elainne Rusinque Urrego.