DECRETO 206 DE 2020

Decretos 2020

DECRETO 206 DE 2020    

(febrero 12)    

D.O. 51.225, febrero 12 de 2020    

por el cual se hace efectiva una sanción de  suspensión impuesta al señor Ronald Housni Jaller, gobernador del departamento  Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, en cumplimiento de  una decisión de la Procuraduría General de la Nación.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en particular, las  conferidas por los artículos 304 de la Constitución Política,  en concordancia con el artículo 172 de la Ley 734 de 2002, y    

CONSIDERANDO:    

Que la Secretaria ad hoc de la Procuraduría  Segunda Delegada para la Contratación Estatal de la Procuraduría General de la  Nación, mediante comunicación radicada en la Presidencia de la República con el  EXT20-00006402 del 27 de enero de 2020, trasladada al Ministerio del Interior  bajo el EXTMI2020 – 3245 del 4 de febrero de la presente anualidad, remitió los  fallos de primera y segunda instancia emitidos en el proceso (1617272)  IUS-2016-257078 / IUC-D-2016-99-871430, del 23 de abril de 2018 y 22 de octubre  de 2019, respectivamente, providencia que en primera instancia sancionó con  suspensión en el ejercicio del cargo por el término de diez (10) meses, al  señor Ronald Housni Jaller, identificado con la cédula de ciudadanía número  15.244.179, en su condición de gobernador del departamento Archipiélago de San  Andrés, Providencia y Santa Catalina, para la época de los hechos, y que fue confirmada en segunda instancia por la  Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación.    

Que asimismo, con el escrito antes referido,  allegó el auto de fecha 22 de enero de 2020, proferido por la Procuraduría  Segunda Delegada para la Contratación Estatal, dentro del radicado IUS  -2016-257078/IUC-D-99-871430 mediante la cual se da “cumplimiento a lo  dispuesto en el numeral tercero de la parte resolutiva del fallo de segunda  instancia emitido por la Sala Disciplinaria dentro de las presentes  diligencias, en el sentido de convertir la sanción de suspensión por el término  de diez (10) meses impuesta al señor Ronald Housni Jaller, a salarios” y  de igual manera, determinó que “(…) la suma a cancelar por Ronald Housni  Jaller asciende a la suma de $112.660.890” y en la misma providencia  ordenó “(…) comunicar esta decisión a la Presidencia de la República”.    

Que según constancia de ejecutoria suscrita  el 10 de diciembre de 2019, por la Secretaria ad hoc de la Procuraduría Segunda  Delegada para la Contratación Estatal, el fallo proferido por la Sala  Disciplinaria el 22 de octubre de 2019 fue notificado vía electrónica, previa  autorización, el 5 de diciembre de 2019, al apoderado, y por edicto al señor  Ronald Housni Jaller, fijado el 3 de diciembre del año anterior, quedando  ejecutoriado el 10 de diciembre de 2019.    

Que en cumplimiento a lo ordenado por la  Procuraduría General de la Nación, se hace necesario hacer efectiva la sanción  disciplinaria de suspensión del cargo por el término de diez (10) meses,  convertida en 10 meses de salario, equivalentes a $112.660.890, impuesta al  señor Ronald Housni Jaller, identificado con la cédula de ciudadanía número  15.244.179, en su condición de gobernador del departamento Archipiélago de San  Andrés, Providencia y Santa Catalina, para la época de los hechos.    

En mérito de lo  expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Suspensión. Hacer efectiva la  sanción disciplinaria de suspensión en el ejercicio del cargo por el término de  diez (10) meses, convertida en el equivalente al salario devengado para la  época de los hechos, esto es, de ciento doce millones seiscientos sesenta mil  ochocientos noventa pesos ($112.660.890) M/L impuesta al señor Ronald Housni  Jaller, identificado con la cédula de ciudadanía número 15.244.179, en su  condición de gobernador del departamento Archipiélago de San Andrés,  Providencia y Santa Catalina, para la época de los hechos, en cumplimiento de  la decisión de la Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal  del 23 de abril de 2018, confirmada por la Sala Disciplinaria de la  Procuraduría General de la Nación el 22 de octubre de 2019, dentro del proceso  (161-7272) IUS-2016-257078 / IUC-D-2016-99-871430.    

Artículo 2°. Comunicación. Comunicar el contenido del presente decreto  al señor Ronald Housni Jaller, a la Procuraduría Segunda Delegada para la  Contratación Estatal, y a la División de Registro y Control de la Procuraduría  General de la Nación y a la Gobernación del departamento Archipiélago de San  Andrés, Providencia y Santa Catalina, a esta última, para que realice las  anotaciones en la hoja de vida y efectúe el cobro de los salarios equivalentes  a la sanción impuesta.    

Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de su  expedición y contra él no procede recurso alguno, conforme lo dispone el  artículo 75 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso  Administrativo.    

Publíquese, comuníquese  y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a  12 de febrero de 2020.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra del  Interior,    

Nancy Patricia Gutiérrez  Castañeda.    

               

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