DECRETO 1971 DE 2022
(octubre 3)
D.O. 52.176, octubre 3 de 2022
por el cual se hace un nombramiento y se concede una comisión para desempeñar un cargo de libre nombramiento y remoción en la planta externa del Ministerio de Relaciones Exteriores.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, los artículos 6°, 51 y 62 del Decreto ley 274 de 2000, y.
CONSIDERANDO:
Que, mediante comunicación de fecha 29 de agosto de 2022, el Gobierno de la República de Panamá otorgó beneplácito para la designación del señor Mauricio Baquero Pardo, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Colombia en ese país.
Que el literal b) del artículo 39 del Decreto ley 274 de 2000, señala que cumplido por el funcionario el término correspondiente a cada lapso de alternación la Dirección de Talento Humano o la dependencia que hiciere sus veces, coordinará las gestiones administrativas para disponer el desplazamiento del funcionario en legal forma.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Nombramiento. Nómbrase en la planta externa al señor Mauricio Baquero Pardo, identificado con cédula de ciudadanía No. 79156959, al cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, código 0036, grado 25, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la República de Panamá.
Parágrafo 1°. El señor Mauricio Baquero Pardo es funcionario inscrito en el escalafón de la Carrera Diplomática y Consular, en la categoría de Embajador.
Parágrafo 2°. El término para el desplazamiento previsto en el parágrafo 1° del artículo 39 del Decreto Ley 274 de 2000, una vez comunicado el presente decreto, podrá ser prorrogado en los casos en que el país de destino no otorgue las condiciones necesarias para que pueda darse el desplazamiento con ocasión de la pandemia del nuevo Coronavirus COVID-19.
Artículo 2°. Comisión. Comisiónase al señor Mauricio Baquero Pardo, identificado con cédula de ciudadanía número 79156959, para desempeñar el cargo de libre nombramiento y remoción, conforme al artículo 1° del presente decreto.
Artículo 3°. Erogaciones. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.
Artículo 4°. Comunicación. Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.
Artículo 5°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 3 octubre de 2022.
GUSTAVO PETRO URREGO
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Álvaro Leyva Durán.