DECRETO 1956 DE 2022

Decretos 2022

DECRETO 1956 DE 2022     

(septiembre 27)    

D.O. 52.170, septiembre 27 de  2022    

por medio del cual se da por  terminado un encargo y se efectúa un nombramiento ordinario.    

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus  facultades constitucionales y legales, y en particular, las previstas en el  numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política, y  los artículos 2.2.5.1.1. y 2.2.5.3.4 del Decreto número  1083 de 2015, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Decreto  número 1394 del 28 de julio de 2022, se encargó al doctor Juan Camilo Giraldo  Zuluaga identificado con cédula de ciudadanía número 1053787623, Subdirector de  Departamento Administrativo Código 0025, Grado 00 de la Subdirección General  para la Superación de la Pobreza del Departamento Administrativo para la  Prosperidad Social, en el empleo de Subdirector de Departamento Administrativo  Código 0025, Grado 00 de la Subdirección General de Programas y Proyectos de la  misma Entidad.    

Que es necesario dar por  terminado el encargo efectuado y nombrar al doctor Carlos Alberto Chinchilla Imbett identificado con cédula de ciudadanía número  1032407986 en el empleo de Subdirector de Departamento Administrativo Código  0025, Grado 00, de la Subdirección General de Programas y Proyectos del  Departamento Administrativo para la Prosperidad Social.    

DECRETA:    

Artículo 1 °. Terminación de  encargo. Dar por terminado el encargo efectuado al doctor Juan Camilo Giraldo  Zuluaga identificado con cédula de ciudadanía número 1053787623, en el empleo  de Subdirector de Departamento Administrativo Código 0025, Grado 00, de la  Subdirección General de Programas y Proyectos, de la planta de personal del  Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, a partir de la fecha.    

Artículo 2°. Nombramiento.  Nombrar al doctor Carlos Alberto Chinchilla Imbett  identificado con cédula de ciudadanía número 1032407986 en el empleo de  Subdirector de Departamento Administrativo Código 0025, Grado 00, de la  Subdirección General de Programas y Proyectos, de la planta de personal del  Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, a partir de la fecha.    

Artículo 3°. Comunicación.  Comunicar este decreto a los doctores Juan Camilo Giraldo Zuluaga y Carlos  Alberto Chinchilla Imbett a través de la Subdirección  de Talento Humano del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social.    

Artículo 4°. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de su publicación y deroga el artículo 2° del Decreto  número 1394 del 28 de julio de 2022.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 27 de  septiembre de 2022.    

GUSTAVO PETRO URREGO    

La Directora del Departamento  Administrativo para la Prosperidad Social,    

Cielo Elainne Rusinque  Urrego.    

               

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