DECRETO 189 DE 2023
(febrero 10)
D.O. 52.304, febrero 10 de 2023
por el cual se efectúa un ascenso en la planta externa y se retira del servicio del Ministerio de Relaciones Exteriores a una funcionaria.
El Presidente de la República, en uso de sus facultades legales, en especial la que le confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 60 del Decreto Ley 274 de 2000, establece que, en virtud del principio de Especialidad, podrá designarse en cargos de Carrera Diplomática y Consular, a personas que no pertenezcan a ella, cuando por aplicación de la ley vigente sobre la materia, no sea posible designar funcionarios de Carrera Diplomática y Consular para proveer dichos cargos. Igualmente, en desarrollo del mismo principio, estos funcionarios podrán ser removidos en cualquier tiempo.
Que, mediante Decreto 423 del 18 de marzo de 2019, se designó en provisionalidad en un cargo de Carrera Diplomática y Consular de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores a David Orlando Rodríguez Escandón, identificado con cédula de ciudadanía número 13068759, para desempeñar el cargo de Consejero de Relaciones Exteriores, código 1012, grado 11, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito a la Misión Permanente de Colombia ante la Organización de los Estados Americanos, (OEA), con sede en Washington, D. C., Estados Unidos de América, del cual tomó posesión el 8 de abril de 2019.
Que, mediante Decreto 2221 del 15 de noviembre de 2022, se reubicó al señor David Orlando Rodríguez Escandón al Consulado de Colombia en Washington, D. C., Estados Unidos de América.
Que David Orlando Rodríguez Escandón tomó posesión del cargo el 06 de diciembre de 2022, según acta de posesión de la misma fecha.
Que, mediante Resolución 1001 del 3 de febrero de 2023, Magdalena Durana Cornejo, identificada con cédula de ciudadanía número 52959850, fue ascendida dentro del escalafón de la Carrera Diplomática y Consular a la categoría de Consejero.
Que, en virtud del principio de Especialidad, Magdalena Durana Cornejo, tiene el derecho preferencial de ocupar el cargo de Consejero de Relaciones Exteriores, código 1012, grado 11, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, por ser funcionaria inscrita en la Carrera Diplomática y Consular.
Que el cargo de Consejero de Relaciones Exteriores, código 1012, grado 11, corresponde a la planta global del Ministerio por lo que no tiene identificadas ubicaciones; así los empleos son distribuidos de acuerdo con los perfiles requeridos y las necesidades del servicio.
Por este motivo, se hace necesario ascender al cargo de Consejero de Relaciones Exteriores, código 1012, grado 11, a Magdalena Durana Cornejo; y, de acuerdo con el artículo 60 del Decreto Ley 274 de 2000, en concordancia con el numeral 13 del artículo 2.2.11.1.1 del Decreto 1083 de 2015, retirar del servicio a David Orlando Rodríguez Escandón, funcionario designado en provisionalidad.
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Retiro del servicio. Retirar del servicio a David Orlando Rodríguez Escandón, identificado con cédula de ciudadanía número 13068759, quien ocupa el cargo de Consejero de Relaciones Exteriores, código 1012, grado 11, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito al Consulado de Colombia en Washington D.C., Estados Unidos de América, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente decreto.
Parágrafo 1°. Dejación del cargo. David Orlando Rodríguez Escandón contará con el término de dos (2) meses, una vez comunicado el presente decreto, para hacer dejación del cargo y regresar al país.
Parágrafo 2°. Erogaciones. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.
Artículo 2°. Ascenso en el cargo. Ascender dentro de la planta externa a Magdalena Durana Cornejo, identificada con cédula de ciudadanía número 52959850, al cargo de Consejero de Relaciones Exteriores, código 1012, grado 11, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 3°. Comunicación. Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 10 de febrero de 2023.
GUSTAVO PETRO URREGO
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Álvaro Leyva Durán.