DECRETO 188 DE 2023

Decretos 2023

DECRETO  188 DE 2023    

(febrero 10)    

D.O. 52.304, febrero 10 de 2023    

por el cual se efectúa un ascenso  en la planta externa y se retira del servicio del Ministerio de Relaciones  Exteriores a una funcionaria.    

El Presidente de la República,  en uso de sus facultades legales, en especial la que le confiere el numeral 2  del artículo 189 de la Constitución Política de  Colombia y,    

CONSIDERANDO:    

Que el artículo 60 del Decreto Ley 274 de  2000, establece que, en virtud del principio de Especialidad, podrá  designarse en cargos de Carrera Diplomática y Consular, a personas que no  pertenezcan a ella, cuando por aplicación de la ley vigente sobre la materia,  no sea posible designar funcionarios de Carrera Diplomática y Consular para  proveer dichos cargos. Igualmente, en desarrollo del mismo principio, estos  funcionarios podrán ser removidos en cualquier tiempo.    

Que, mediante Decreto  900 del 10 de agosto de 2021, se designó en provisionalidad en un cargo de  Carrera Diplomática y Consular de la planta global del Ministerio de Relaciones  Exteriores a Ana María Badel Gómez, identificada con cédula de ciudadanía  número 32774783, para desempeñar el cargo de Consejero de Relaciones  Exteriores, código 1012, grado 11, de la planta global del Ministerio de Relaciones  Exteriores, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de los Estados  Unidos.    

Que Ana María Badel Gómez tomó  posesión del cargo el 30 de agosto de 2021, según acta de posesión de la misma  fecha.    

Que, mediante Resolución 1003  del 3 de febrero de 2023, Lucía Teresa Solano Ramírez, identificada con cédula  de ciudadanía número 22585449, fue ascendida dentro del escalafón de la Carrera  Diplomática y Consular a la categoría de Consejero.    

Que, en virtud del principio de  Especialidad, Lucía Teresa Solano Ramírez, tiene el derecho preferencial de  ocupar el cargo de Consejero de Relaciones Exteriores, código 1012, grado 11,  de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, por ser  funcionaria inscrita en la Carrera Diplomática y Consular.    

Que el cargo de Consejero de  Relaciones Exteriores, código 1012, grado 11, corresponde a la planta global  del Ministerio por lo que no tiene identificadas ubicaciones; así los empleos  son distribuidos de acuerdo con los perfiles requeridos y las necesidades del  servicio.    

Por este motivo, se hace  necesario ascender al cargo de Consejero de Relaciones Exteriores, código 1012,  grado 11, a Lucía Teresa Solano Ramírez; y, de acuerdo con el artículo 60 del Decreto Ley 274 de  2000, en concordancia con el numeral 13 del artículo 2.2.11.1.1 del Decreto 1083 de 2015,  retirar del servicio a Ana María Badel Gómez, funcionaria designada en  provisionalidad.    

Que, en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Retiro del  servicio. Retirar del servicio a Ana María Badel Gómez, identificada con cédula  de ciudadanía número 32774783, quien ocupa el cargo de Consejero de Relaciones  Exteriores, código 1012, grado 11, de la planta global del Ministerio de  Relaciones Exteriores, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de  los Estados Unidos, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del  presente decreto.    

Parágrafo 1°. Dejación del  cargo. Ana María Badel Gómez contará con el término de dos (2) meses, una vez  comunicado el presente decreto, para hacer dejación del cargo y regresar al  país.    

Parágrafo 2°. Erogaciones. Las  erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto se pagarán con  cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo  Rotatorio.    

Artículo 2°. Ascenso en el cargo. Ascender dentro de la planta  externa a Lucía Teresa Solano Ramírez, identificada con cédula de ciudadanía  número 22585449, al cargo de Consejero de Relaciones Exteriores, código 1012,  grado 11, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores.    

Artículo 3°. Comunicación. Corresponderá a la Dirección de  Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del  presente decreto en los términos que establezca la norma.    

Artículo 4°. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 10 de  febrero de 2023.    

GUSTAVO PETRO URREGO.    

El Ministro de Relaciones  Exteriores,    

Álvaro Leyva Durán.    

               

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