DECRETO 188 DE 2020

Decretos 2020

DECRETO 188 DE 2020     

(febrero 10)    

D.O. 51.223, febrero 10 de 2020    

por el cual se  hace un traslado dentro de la planta externa del Ministerio de Relaciones  Exteriores.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que  le confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política,  el parágrafo segundo del artículo 39 y el artículo 62 del Decreto ley 274 de  2000    

CONSIDERANDO:    

Que el parágrafo segundo del artículo 39 del  Decreto ley 274 de  2000, señala que cuando para aplicar la alternación se designare el  funcionario en un cargo correspondiente a la categoría en la cual estuviere  escalafonado o su equivalente en planta interna, se realizará un traslado. En  los demás casos la designación tendrá lugar mediante comisión para situaciones  especiales.    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Traslado. Trasládase dentro de la planta externa al señor Álvaro  Alfonso Perdomo González, identificado con cédula de ciudadanía número  19272366, al cargo de Ministro Consejero, Código 1014, Grado 13, de la planta  global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito al Consulado General  de Colombia en Barcelona, Reino de España.    

Parágrafo. El señor Álvaro Alfonso Perdomo  González, es funcionario inscrito en el escalafón de la Carrera Diplomática y  Consular, en la categoría de Ministro Consejero.    

Artículo 2°. Asignación. El señor Álvaro Alfonso Perdomo González ejercerá  las funciones de Cónsul en el Consulado General de Colombia en Barcelona, Reino  de España.    

Artículo 3°. Erogaciones. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del  presente decreto, se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de  Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.    

Artículo 4°. Comunicación. Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del  Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los  términos que establezca la norma.    

Artículo 5°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 10 de febrero de  2020.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra de Relaciones Exteriores,    

Claudia Blum.    

               

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