DECRETO 1847 DE 2022

Decretos 2022

DECRETO  1847 DE 2022     

(septiembre 9)    

D.O. 52.152, septiembre 9 de  2022    

por el cual se da por terminado  un encargo y se hace un nombramiento.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en  especial de las conferidas por el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política y  el Decreto 1083 de 2015,  y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Decreto  1425 del 29 de julio de 2022, se encargó a partir del 7 de agosto de 2022,  de las funciones del empleo de Viceministro, Código 0020, ubicado en el  Viceministerio de Política Criminal y Justicia Restaurativa del Ministerio de  Justicia y del Derecho al doctor Miguel Ángel González Chaves, identificado con  la cédula de ciudadanía número 1020747269, actual Director de Política Criminal  y Penitenciaria del Ministerio de Justicia y del Derecho.    

Que es necesario nombrar al  doctor Camilo Eduardo Umaña Hernández, identificado con la cédula de ciudadanía  80075552, como titular del empleo de Viceministro, Código 0020, ubicado en el  Viceministerio de Política Criminal y Justicia Restaurativa del Ministerio de  Justicia y del Derecho.    

Que, en virtud de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Terminación de  encargo. Dar por terminado el encargo de las funciones del empleo de  Viceministro, Código 0020, ubicado en el Viceministerio de Política Criminal y  Justicia Restaurativa del Ministerio de Justicia y del Derecho al doctor Miguel  Ángel González Chaves, identificado con la cédula de ciudadanía número  1020747269.    

Artículo 2°. Nombramiento.  Nombrar como Viceministro, Código 0020, del despacho del Viceministerio de Política  Criminal y Justicia Restaurativa del Ministerio de Justicia y del Derecho al  doctor Camilo Eduardo Umaña Hernández, identificado con la cédula de ciudadanía  80075552.    

Artículo 3°. Comunicación.  Comunicar el presente acto administrativo a través del Grupo de Gestión Humana  de la Secretaría General del Ministerio de Justicia y del Derecho.    

Artículo 4°. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dada en Bogotá, D. C., a 9 de  septiembre de 2022.    

GUSTAVO PETRO URREGO.    

El Ministro de Justicia y del  Derecho,    

Néstor Osuna Patiño.    

               

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