DECRETO 1827 DE 2022
(septiembre 6)
D.O. 52.149, septiembre 6 de 2022
por el cual se acepta la renuncia del Registrador Principal de Instrumentos Públicos del círculo de Bogotá Zona Sur.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el parágrafo 1° del artículo 75 de la Ley 1579 de 2012 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 231 del 12 de febrero de 2014, fue nombrado en propiedad el señor Edgar José Namén Ayub, identificado con la cédula de ciudadanía 3021306, en el cargo de Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo de Bogotá Zona Sur, Código 0191 Grado 19 y mediante Decreto 0109 de 21 de enero de 2015, incorporado a la planta de personal de la Superintendencia de Notariado y Registro en el cargo de Registrador Principal de Instrumentos Públicos Código 0191 Grado 20;
Que mediante comunicación de fecha 19 de julio de 2022, enviada por medio de correo electrónico de fecha 25 del mismo mes y año, el señor Edgar José Namén Ayub, presentó renuncia al cargo de Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo de Bogotá Zona Sur, Código 0191 Grado 20;
Que el artículo 75 de la Ley 1579 de 2012, establece en el Gobierno nacional la competencia para nombrar a los Registradores de Instrumentos Públicos Principales, en consecuencia, le corresponde también aceptar las renuncias que se deriven de estos;
Que el parágrafo 2° del artículo 75 ibídem, indica que, “corresponderá al Superintendente de Notariado y Registro la facultad de proveer temporalmente las vacancias del cargo de Registrador Principal de Instrumentos Públicos, mediante la figura de encargo, generadas por muerte, renuncia, permiso, vacaciones, licencias, incapacidades, comisiones de servicio, suspensión en el ejercicio del cargo, mientras el Gobierno provea dicho cargo”;
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Aceptación de renuncia. Acéptese la renuncia presentada por el señor Edgar José Namén Ayub, identificado con la cédula de ciudadanía 3021306, al cargo de Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo Registral de Bogotá Zona Sur, Código 0191, Grado 20, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente decreto.
Parágrafo. El Superintendente de Notariado y Registro proveerá temporalmente mediante la figura de encargo, el cargo de Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo Registral de Bogotá Zona Sur, Código 0191, Grado 20 mientras se adelanta el trámite respectivo, conforme lo establecido en el parágrafo 2° del artículo 75 de la Ley 1579 de 2012.
Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 6 de septiembre de 2022.
GUSTAVO PETRO URREGO
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Néstor Osuna Patiño.