DECRETO 1815 DE 2020

Decretos 2020

DECRETO 1815 DE 2020    

(diciembre 31)    

D.O. 51.544, diciembre 31 de 2020    

por el cual se modifica la  planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público    

Nota:  Modificado por el Decreto 121 de 2022.    

EL  PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA    

en  ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le  confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que  se requiere modificar la planta de personal del Ministerio de Hacienda y  Crédito Público para fortalecer los procesos relacionados con tecnologías de la  información, expedición normativa, trámite legislativo, gestión presupuestal de  los recursos de la Nación y administración de los recursos económicos, gestión  del talento humano y planificación del Sector Administrativo.    

Que  la presente modificación de planta cumple con lo dispuesto en el artículo 196  de la Ley 1955 de 2019,  reglamentado por el Decreto 1083 de 2015,  Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública, que señala que en el  diez (10%) de los nuevos empleos derivados de modificaciones de las plantas de  personal no se exigirá experiencia profesional para el nivel profesional, con  el fin de viabilizar la vinculación al servicio público de los jóvenes entre 18  y 28 años.    

Que  el Ministerio de Hacienda y Crédito Público presentó al Departamento  Administrativo de la Función Pública, el estudio técnico correspondiente de que  trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004,  modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 019 de  2012, y los artículos 2.2.12.1,2.2.12.2 Y 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015,  para efectos de modificar la planta de personal, el cual emitió concepto  técnico favorable.    

Que  para los fines de este Decreto, la Dirección General del Presupuesto Público  Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó viabilidad  presupuestal.    

Que  en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo  1. Supresión de empleos. Suprimir en la planta de personal del Ministerio de  Hacienda y Crédito Público los siguientes empleos:    

             

Artículo 2.  Creación de empleos. Crear en la planta de personal del Ministerio de Hacienda  y Crédito Público los siguientes empleos:    

         

Artículo 3. Provisión de empleos. La  provisión de los empleos creados deberá hacerse de conformidad con las  disposiciones presupuestales y hasta la concurrencia presupuestal de cada  vigencia, cumpliendo con todos los requisitos legales para tal fin.    

Artículo 4. Distribución de los empleos. El  Ministro de Hacienda y Crédito Público distribuirá los cargos de la planta  global a que se refiere el artículo 2 del presente Decreto, teniendo en cuenta  la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio de la  entidad.    

Artículo 5. Continuidad de la remuneración e  incorporación. Los empleados públicos del Ministerio de Hacienda y Crédito  Público a los que se les suprime el cargo continuarán percibiendo la  remuneración mensual correspondiente a los cargos que desempeñan actualmente y  cumpliendo las funciones asignadas a los empleos que ocupan, hasta tanto se  produzca la incorporación directa en los cargos creados en el artículo 2 del  presente decreto o sean nombrados en otros cargos equivalentes.    

Parágrafo. A los servidores públicos del  Ministerio de Hacienda y Crédito Público actualmente vinculados y que en virtud  del presente Decreto sean incorporados en los empleos creados en el artículo 2  de este Decreto, no les aplicarán las disposiciones consagradas en los  artículos 2.2.13.2.2, 2.2.13.2.3 y el Parágrafo del artículo 2.2.5.1.3 del Decreto 1083 de 2015.    

Artículo 6. Vigencia. El presente Decreto  rige a partir del 1° de enero de 2021 y modifica en lo pertinente los Decretos 247 de 2004, 3924 de 2004, 728 de 2005, 2476 de 2006, 1006 de 2012, 2395 de 2015 y 849 de 2019.    

Publíquese y  cúmplase    

Dado en  Bogotá, D.C., a 31 de diciembre de 2020    

IVAN  DUQUE MARQUEZ    

El Ministro de  Hacienda y Crédito Público    

Alberto  Carrasquilla Barrera    

La  Subdirectora del Departamento Administrativo de la Función Pública encargada de  las funciones del Despacho del Director    

Claudia  Patricia Hernández León    

               

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