DECRETO 1808 DE 2022
(septiembre 5)
D.O. 52.148, septiembre 5 de 2022
por medio del cual se revoca el Decreto 138 del 27 de enero 2022.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 2° del artículo 189 de la Constitución Política, y el artículo 93 del Código Administrativo y de lo Contencioso-Administrativo, y
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, aprobada mediante la Ley 17 de 1971, los Estados deciden libremente el nombramiento de Cónsules Honorarios.
Que, mediante Decreto 247 de 15 de febrero de 2002, se creó el Consulado Honorario de Colombia, en Florencia, República Italiana, con circunscripción en la Región de Toscana, y se nombró al señor Gianni Lusena como Cónsul ad honórem de Colombia en la ciudad de Florencia, Italia, con circunscripción en la Región de Toscana.
Que, mediante Decreto número 138 de 27 de enero de 2022, se declaró la cesación de funciones del señor Gianni Lusena, en su calidad de Cónsul Honorario de Colombia en Florencia, República Italiana.
Que, mediante escrito de fecha 18 de agosto de 2022, el señor Gianni Lusena solicitó la revocatoria directa del Decreto 138 de 2022, argumentando presuntas violaciones al debido proceso dentro de las actuaciones que dieron lugar a la declaratoria de la cesación de sus funciones como Cónsul Honorario de Colombia en Florencia, República Italiana.
Que en relación con lo argumentado por el señor Gianni Lusena se considera como una garantía fundamental del debido proceso administrativo el haber indicado y dado a conocer la configuración de la causal establecida en alguno de los supuestos del artículo 2.2.1.3.3.3 del Decreto 1067 de 2015, de manera previa a la remoción del Cónsul Honorario Gianni Lusena.
Que debe tenerse en consideración que en el Decreto 138 del 27 de enero de 2022 se declaró la cesación de funciones, sin haberse indicado y dado a conocer la configuración de la causal establecida en alguno de los supuestos del artículo 2.2.1.3.3.3 que aplican para la remoción de los cónsules honorarios.
Que, de conformidad con lo anteriormente mencionado, se considera pertinente revocar el Decreto 138 del 27 de enero de 2022 por medio del cual se declaró la cesación de funciones del Cónsul Honorario de Colombia en Florencia, República Italiana, debiéndose entender que las funciones del señor Gianni Lusena como Cónsul Honorario de Colombia en Florencia, República Italiana, no fueron cesadas.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Revocar. Revócase el Decreto número 138 del 27 de enero de 2022, mediante el cual se declaró la cesación de funciones del Cónsul Honorario de Colombia en Florencia, República Italiana, al señor Gianni Lusena, debiéndose entender que las funciones del señor Gianni Lusena como Cónsul Honorario de Colombia en Florencia, República Italiana, con circunscripción en la Región de Toscana, no fueron cesadas.
Artículo 2°. Comunicación. Comuníquese a través de la Misión Diplomática al señor Gianni Lusena como Cónsul Honorario de Colombia en la ciudad de Florencia, República Italiana, con circunscripción en la Región de Toscana, y al Estado receptor el presente Decreto. Contra la presente decisión no procede recurso alguno, de conformidad con lo previsto en el artículo 95 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso-Administrativo.
Artículo 3°. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 5 de septiembre de 2022.
GUSTAVO PETRO URREGO.
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Álvaro Leyva Durán.