DECRETO 1802 DE 2021

Decretos 2021

DECRETO 1802 DE 2021      

(diciembre 23)    

D.O. 51.897, diciembre 23 de  2021    

por el cual se concede la “Cruz  Cívica del Mérito Asistencial y Sanitario Jorge Bejarano”.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en  especial, las conferidas en los artículos 2.10.3.2 y 2.10.3.6 del Decreto 780 de 2016  y en desarrollo del artículo 9° de la Ley 12 de 1963, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante la Ley 12 de 1963, se creó  la condecoración de Salud y Mérito Asistencial, que será adjudicada a aquellas  personas naturales o jurídicas que se distingan por los servicios prestados a  la salud pública colombiana;    

Que el Decreto 1550 de 2016  adicionó el Título 3 de la Parte 10 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016,  Único Reglamentario del Sector Salud, reglamentando las categorías, requisitos  para su adjudicación y demás características de la condecoración “Cruz  Cívica del Mérito Asistencial y Sanitario Jorge Bejarano”, con la que se  destacan y estimulan a los servidores eminentes, la conducta intachable y la  perseverancia de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas,  nacionales o extranjeras o internacionales, dedicadas al bien común y a la  salud pública;    

Que la “Cruz Cívica al  Mérito Asistencial y Sanitario Jorge Bejarano” cuenta con tres categorías,  siendo la primera de estas la de oro, que es extraordinaria y se otorga  solamente en casos y por merecimientos excepcionales; la entrega de esta  condecoración se realiza en ceremonia solemne, por parte del presidente de la  República o su delegado, cuando este no pueda entregarla personalmente;    

Que el 7 de enero de 2020 se  identificó el nuevo coronavirus (Covid-19), el cual se declaró como una  Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII), por parte de  la Organización Mundial de la Salud y el 11 de marzo de 2020, la declaró como  pandemia, esencialmente por la velocidad en su propagación;    

Que, con base en la  declaratoria de pandemia, a través de la Resolución 385 de 2020 este Ministerio  decretó la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional, con el fin de  prevenir y controlar la propagación del Coronavirus Covid-19 y mitigar sus  efectos, medida que se prorrogó mediante las Resoluciones 844, 1462, 2230 de  2020, y 222, 738, 1315 y 1913 de 2021, con esta última hasta el 28 de febrero  de 2022;    

Que, en el transcurso de la  pandemia, se han evidenciado tres grandes curvas de contagio a nivel nacional:  la primera, observada en los meses de septiembre y octubre de 2020; la segunda,  entre diciembre de 2020 y enero de 2021, y la tercera, entre marzo y abril 2021  resaltando que, en esta última, se observó una mayor aceleración del contagio  comparado con los dos anteriores, las cuales han afectado a la comunidad en  general y que puso a prueba no solo la sostenibilidad del Sistema de Salud,  sino el compromiso de las personas que día a día prestan sus servicios para  garantizar la continuidad del goce al derecho fundamental a la salud, sumado al  compromiso, disposición, esfuerzo y dedicación de los profesionales de la salud  quienes día a día sortearon las vicisitudes de la pandemia colocando en riesgo  y en innumerables ocasiones entregando su vida al servicio de la comunidad;    

Que por lo anterior, la Asociación  Colombiana de Facultades de Medicina (Ascofame), la Asociación Colombiana de  Sociedades Científicas, la Asociación Nacional de Profesiones de la Salud  (Assosalud), la Asociación Colombiana de Hospitales y Clínicas (ACHC), el  Colegio Médico Colombiano, la Academia Nacional de Medicina de Colombia, la  Federación Médica Colombiana, y la Asociación Nacional de Enfermeras de  Colombia (ANEC), postularon, a través de sus presidentes de junta directiva o  representantes legales, a todo el talento humano en salud, para que les fuera  concedida la “Cruz Cívica del Mérito Asistencial y Sanitario Jorge Bejarano”,  por cuanto han sido testigos de su compromiso con la comunidad, liderazgo y  referente en la educación y en la prestación de servicios de salud;    

Que es deber del Gobierno  nacional exaltar los valores destacados de quienes con sus iniciativas o  acciones han prestado al país excepcionales servicios en el campo de la salud  pública, razón por la cual se concederá la “Cruz Cívica del Mérito  Asistencial y Sanitario Jorge Bejarano”, en la categoría oro a todo el  talento humano en salud del país, con el fin de honrarlos y estimularlos;    

Que, en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Conceder la “Cruz  Cívica del Mérito Asistencial y Sanitario Jorge Bejarano” en la categoría  oro al talento humano en salud, por su vocación de servicio para atender la  emergencia sanitaria generada por el Covid-19, lo cual ha impuesto un reto significativo  para el Sistema de Salud colombiano.    

Artículo 2°. La condecoración  otorgada en el artículo anterior le será impuesta a los doctores Álvaro Enrique  Romero Tapia, Lina María Triana Lloreda, María Fernanda Atuesta Mondragón,  Andrés Aguirre Martínez, Stevenson Marulanda Plata, Germán Gamarra Hernández,  Sergio Isaza Villa, Luz Mariela Agudelo Álvarez y Gilma Rico González, en  representación del talento humano en salud, en ceremonia solemne presidida por  el señor Presidente de la República.    

Artículo 3°. El presente  decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 23 de  diciembre de 2021.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

El Ministro de Salud y  Protección Social,    

Fernando Ruiz Gómez.    

               

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