DECRETO 1787 DE 2021
(diciembre 20)
D.O. 51.894, diciembre 20 de 2021
por el cual se modifica el artículo 2° del Decreto 1746 de 2021.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le confieren los artículos 138, y 200 numeral 2 de la Constitución Política, en concordancia con los artículos 85 de la Ley 5a de 1992 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto 1746 del 16 de diciembre de 2021 se convocó al honorable Congreso de la República a sesiones extraordinarias desde el día 17 de diciembre hasta el día 23 de diciembre de 2021, para tramitar tres (3) proyectos de ley que se consideran prioritarios para el país.
Que para el Gobierno nacional es prioritario continuar con el trámite del Proyecto de ley número 232 de 2021 Senado, 356 de 2021 Cámara, “por medio del cual se constituye el sistema nacional de insumos agropecuarios, se establece la política nacional de insumos agropecuarios, se crea el fondo para el acceso a los insumos agropecuarios y se dictan otras disposiciones” con mensaje de urgencia del 26 de octubre de 2021.
Que en esa medida, es necesario modificar el artículo 2° del Decreto 1746 del 16 de diciembre de 2021, para adicionar la iniciativa que no fue incluida y que es importante para el Gobierno nacional.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA
Artículo 1°. Modificar el artículo 2° del Decreto 1746 de 2021, el cual quedará así:
Artículo 2°. Objeto de la convocatoria. Durante el período de sesiones extraordinarias señalado en el artículo primero del Decreto 1746 de 2021, el honorable Congreso de la República se ocupará de continuar con el trámite de los siguientes asuntos:
1. Trámite Legislativo del Proyecto de ley 266 de 2021 Senado, 393 de 2021 Cámara, por medio de la cual se dictan normas tendientes al fortalecimiento de la seguridad ciudadana y se dictan otras disposiciones.
2. Trámite Legislativo del Proyecto de ley 466 de 2021 Senado, 387 de 2021 Cámara, por medio de la cual se dictan normas encaminadas a fomentar, promover la sostenibilidad, la valoración y la transmisión de los saberes de los oficios artísticos, de las industrias creativas y culturales, artesanales y del patrimonio cultural en Colombia y se dictan otras disposiciones”.
3. Trámite Legislativo del Proyecto de ley 152 de 2021 Senado, 213 de 2021 Cámara, por medio de la cual se desarrolla el artículo 325 de la Constitución Política y se expide el régimen especial de la Región Metropolitana Bogotá, Cundinamarca.
4. Trámite Legislativo del Proyecto de ley 232 de 2021 Senado, 356 de 2021 Cámara, por medio del cual se constituye el sistema nacional de insumos agropecuarios, se establece la política nacional de insumos agropecuarios, se crea el fondo para el acceso a los insumos agropecuarios y se dictan otras disposiciones.
Artículo 2°. Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 2° del Decreto 1746 de 2021.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá D. C., a 20 de diciembre de 2021.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
El Ministro del Interior,
Daniel Andrés Palacios Martínez