DECRETO 1784 DE 2022
(agosto 30)
D.O. 52.142, agosto 30 de 2022
por el cual se aceptan unas renuncias a unos miembros provisionales de la Junta Directiva de la Sociedad Grupo Bicentenario.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el parágrafo transitorio 2 del artículo 4° del Decreto ley 2111 de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto ley 2111 de 2019, se creó el Grupo Bicentenario como una sociedad por acciones, de economía mixta y de régimen especial, vinculada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, que tendrá como objeto servir como matriz o controlante de las sociedades o entidades que el Gobierno nacional defina, para desarrollar aquellas actividades incluidas en sus estatutos sociales, que sean necesarias para el cumplimiento de las finalidades establecidas en el artículo 331 de la Ley 1955 de 2019.
Que de acuerdo con lo establecido en el parágrafo transitorio 2 del artículo 4° del Decreto ley 2111 de 2019, el Presidente de la República nombrará una Junta Directiva provisional para el Grupo Bicentenario, hasta tanto la Asamblea General de Accionistas de la sociedad elija la Junta Directiva, en los términos establecidos en el artículo 5° del mencionado decreto ley.
Que por medio del artículo 2° del Decreto 2362 de 2019, modificado por el artículo 2° del Decreto 1571 de 2020, se efectuó el nombramiento de los miembros provisionales de la Junta Directiva del Grupo Bicentenario, en los términos del artículo 5° del Decreto ley 2111 de 2019.
Que, mediante comunicación con fecha del 19 de agosto de 2022, la doctora Cristina Sánchez Olaya solicitó la terminación de su nombramiento como miembro provisional de la Junta Directiva de la Sociedad Grupo Bicentenario.
Que, mediante comunicación con fecha del 25 de agosto de 2022, el doctor Jesús Antonio Bejarano Rojas solicitó la desvinculación como miembro de la Junta Directiva del Grupo Bicentenario.
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Aceptación de una renuncia. Acéptese a partir de la fecha, la renuncia presentada por la doctora Cristina Sánchez Olaya, al nombramiento efectuado mediante el artículo 2° del Decreto 1571 de 2020, como miembro provisional de la Junta Directiva del Grupo Bicentenario, en los términos del parágrafo transitorio 2 del artículo 4° del Decreto ley 2111 de 2019.
Artículo 2°. Aceptación de una renuncia. Acéptese a partir de la fecha, la renuncia presentada por el doctor Jesús Antonio Bejarano Rojas, al nombramiento efectuado mediante el artículo 2° del Decreto 2362 de 2019, modificado por el artículo 2° del Decreto 1571 de 2020, como miembro provisional de la Junta Directiva del Grupo Bicentenario, en los términos del parágrafo transitorio 2 del artículo 4° del Decreto ley 2111 de 2019.
Artículo 3°. Comunicación. Comunicar a través de la Subdirección de Gestión del Talento Humano del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el presente decreto.
Artículo 4°. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, y modifica en lo pertinente, el artículo 2° del Decreto 2362 de 2019, modificado por el Decreto 1571 de 2020.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 30 de agosto de 2022.
GUSTAVO PETRO URREGO.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
José Antonio Ocampo Gaviria.