DECRETO 1779 DE 2020

Decretos 2020

DECRETO 1779 DE 2020    

(diciembre 24)    

D.O. 51.538, diciembre 24 de 2020    

por el cual se reajusta la asignación mensual para los miembros del  Congreso de la República    

Nota:  Derogado por el Decreto 1546 de 2022,  artículo 3º.    

EL PRESIDENTE DE LA  REPÚBLICA DE COLOMBIA,    

en desarrollo de las normas generales  señaladas en la Ley 4a de 1992, la Ley 644 de 2001, y en  desarrollo del artículo 187 de la Constitución Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que el artículo 187 de la  Constitución Política establece que “La asignación de los miembros del  Congreso se reajustará cada año en proporción igual al promedio ponderado de  los cambios ocurridos en la remuneración de los servidores de la administración  central, según certificación que para el efecto expida el Contralor General de  la República.”    

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 1  de la Ley 644 de 2001, la  Contraloría General de la República certificará dentro de los diez (10) días  hábiles siguientes a la expedición de los decretos sobre el incremento salarial  para los empleados de la administración central, el promedio ponderado de los  cambios ocurridos para ese mismo año en la remuneración de los servidores de  ese nivel.    

Que el Contralor General de la República, en  cumplimiento de lo establecido en el artículo 187 de la Constitución Política y  el artículo 1 de la Ley 644 de 2001, con  base en los decretos expedidos por el Gobierno nacional mediante los cuales  fijó las escalas de remuneración de los servidores de la administración central  señaló, a través de certificación expedida el 09 de marzo de 2020, que el promedio  ponderado de los cambios ocurridos en la remuneración de los servidores de la  administración central nacional, para la vigencia fiscal de 2020, fue de cinco  punto doce por ciento (5.12%).    

Que conforme al  artículo 1 de la Ley 644 de 2001,  corresponde al Gobierno nacional determinar, con base en el certificado emitido  por el Contralor General de la República, el reajuste en la asignación de los  miembros del Congreso de la República.    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1. Reajuste asignación mensual miembros  del Congreso. A partir del 1 de enero de 2020 la asignación mensual de los  miembros del Congreso de la. República se reajustará en cinco punto doce por  ciento (5.12%).    

Artículo 2.  Certificación del reajuste salarial. Las Oficinas de Pagaduría de la honorable  Cámara de Representantes y del honorable Senado de la República, expedirán la  certificación detallada de los emolumentos que en virtud del reajuste salarial  fijado en el presente decreto, devenguen los miembros del Congreso para la  vigencia fiscal del presente año.    

Artículo 3.  Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  publicación, deroga las disposiciones que le, sean 1contrarias, en  especial el Decreto 1265 de 2019  y surte efectos fiscales a partir del 1 de enero de 2020.    

Publíquese  y cúmplase    

Dado  en Bogotá, D.C., a 24 de diciembre de 2020    

IVAN  DUQUE MARQUEZ    

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público    

Alberto  Carrasquilla Barrera    

El  Director del Departamento Administrativo de la Función Pública    

Fernando  Grillo Rubiano    

               

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