DECRETO 1770 DE 2020

Decretos 2020

DECRETO 1770 DE 2020    

(diciembre 24)    

D.O. 51.538, diciembre 24 de 2020    

por el cual se prorrogan y se  crean unos empleos temporales en la planta de personal del Ministerio de  Hacienda y Crédito Público    

Nota:  Prorrogado por el Decreto 2589 de 2022.    

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA    

en ejercicio de las facultades constitucional  es y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y    

CONSIDERANDO    

Que de acuerdo con lo establecido por el  artículo 3 de la Ley 2056 de 2020, el  Ministerio de Hacienda y Crédito Público es uno de los órganos que hacen parte  del Sistema General de Regalías.    

Que el artículo 12 de la Ley 2056 de 2020,  establece: “En cumplimiento de lo  dispuesto por el artículo 361 de la Constitución Política,  asígnese a través de la Ley de Presupuesto Bienal del Sistema General de  Regalías el 2% de los ingresos corrientes en los siguientes conceptos de gasto:  1. Funcionamiento, operatividad y administración del Sistema y evaluación y  monitoreo del licenciamiento ambiental a los proyectos de exploración y  explotación. Esta distribución estará a cargo de la Comisión Rectora. 2.  Fiscalización de la exploración y explotación de los yacimientos; conocimiento  y cartografía geológica del subsuelo; e incentivo a la exploración y a la  producción. Esta distribución estará a cargo del Ministerio de Minas y  Energía”.    

Que conforme con el artículo 13 de la Ley 2056 de 2020, los  órganos del Sistema General de Regalías con cargo a los recursos del Sistema  General de Regalías podrán crear plantas de personal con empleos temporales de  libre nombramiento y remoción para el cumplimiento de las funciones definidas  en la Constitución y la ley.    

Que mediante el Decreto 2245 de 2013  se crearon treinta y ocho (38) empleos temporales en la planta de personal del  Ministerio de Hacienda y Crédito Público con cargo a los recursos de  funcionamiento del Sistema General de Regalías, con vigencia hasta el 31 de  diciembre de 2014.    

Que mediante el Decreto 2549 de 2014  se prorrogaron treinta y seis (36) de los empleos temporales creados por el Decreto 2245 de 2013  y se crearon cinco (5) empleos temporales adicionales en la planta de personal  del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, cuya vigencia fue hasta el 31 de  diciembre de 2016.    

Que mediante el  Decreto 2185 de 2016  se prorrogaron treinta y ocho (38) de los empleos temporales y se crearon (15)  empleos temporales adicionales en la planta de personal del Ministerio de  Hacienda y Crédito Público, cuya vigencia fue hasta el 31 de diciembre de 2018.    

Que mediante el Decreto 2471 de 2018  se prorrogaron los cincuenta y tres (53) empleos temporales en la planta de  personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, cuya vigencia es hasta  el 31 de diciembre de 2020.    

Que se requiere prorrogar la vigencia de  treinta y tres (33) empleos de la planta temporal del Ministerio de Hacienda y  Crédito Público, creada mediante los Decretos 2245 de 2013, 2549 de 2014, 2185 de 2016 y 2471 de 2018 y,  asimismo, crear dos (2) empleos.    

Que el  Ministerio de Hacienda y Crédito Público presentó el estudio técnico  correspondiente al Departamento Administrativo de la Función Pública para  prorrogar los treinta y tres (33) empleos temporales y crear dos (2) empleos  adicionales, el cual obtuvo concepto técnico favorable de ese Departamento, en  el marco de las competencias señaladas en Ley 909 de 2004 y en  el Decreto 1083 de 2015,  Único Reglamentario del Sector de la Función Pública.    

Que el Ministerio de Hacienda y Crédito  Público, con el propósito de modificar y prorrogar la vigencia de su planta de  personal de empleos temporales con cargo a los recursos de funcionamiento del  Sistema General de Regalías, cuenta con viabilidad presupuestal de la Dirección  General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.    

Que, en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1. Prórroga de empleos. Prorrogar la vigencia de los siguientes  empleos temporales en el número, denominación, código y grado que se señala a  continuación en la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito  Público, creados mediante los Decretos 2245 de 2013, 2549 de 2014, 2185 de 2016 y 2471 de 2018,  hasta el 31 de diciembre de 2022:    

         

Parágrafo. Los empleos que se crean con la  denominación Profesional Universitario Código 2044 Grado 08, son los mismos  creados con la denominación Profesional Código 2044 Grado 08, en los decretos a  que hace referencia el presente artículo.    

Artículo 2. Creación de empleos. Crear en la  planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a partir del 01  de enero de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2022, los siguientes empleos  temporales, así:    

         

Parágrafo. El servidor público que se  encuentra ocupando el empleo de asesor código 1020 grado 14 creado mediante el Decreto 2549 de 2014,  será incorporado directamente y sin solución de continuidad en el empleo de  Asesor código 1020 grado 16 creado en el presente artículo.    

Artículo 3. Distribución de los empleos. El  Ministro de Hacienda y Crédito Público distribuirá los cargos a que se refieren  los artículos 1 y 2 del presente Decreto, mediante acto administrativo, y  ubicará al personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades  del servicio y los planes y programas de la entidad.    

Artículo 4. Cumplimiento de funciones. Los  empleos de carácter temporal, prorrogados y creados en el presente decreto,  deberán dirigirse al cumplimiento de las funciones que dieron lugar a la  creación de estos, de conformidad con lo señalado en la Ley 909 de 2004 y el Decreto 1083 de 2015  y demás disposiciones que la modifiquen, adicionen o sustituyan.    

Artículo 5. Vigencia. El presente Decreto  rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado  en Bogotá, D.C., a 24 de diciembre de 2020    

IVAN  DUQUE MARQUEZ    

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público    

Alberto  Carrasquilla Barrera    

El  Director del Departamento Administrativo de la Función Pública    

Fernando  Antonio Grillo Rubiano    

               

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