DECRETO 1766 DE 2020

Decretos 2020

DECRETO 1766 DE 2020    

(diciembre 23)    

D.O. 51.537, diciembre 23 de 2020    

por el cual se crean unos  empleos temporales en la planta de personal del Departamento Nacional de  Planeación    

Nota: Modificado por el Decreto 445 de 2023  y por el Decreto 2652 de 2022.    

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,    

en ejercicio de  las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el  numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política,  el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y    

CONSIDERANDO:    

Que la Ley 2056  del 30 de septiembre de 2020 establece en el artículo 13 que los órganos  del Sistema General de Regalías, podrán crear plantas de personal con empleos  temporales de libre nombramiento y remoción para el cumplimiento de las  funciones, con cargo a los recursos del Sistema General de Regalías.    

Que mediante Decreto 1845 de 2012  y atendiendo los recursos del Sistema General de Regalías se creó para el  Departamento Nacional de Planeación, una planta de personal de quince (15)  empleos temporales, hasta el 30 de junio de 2015; la cual, mediante Decretos 1414 de 2015, 2206 de 2016 y 2457 de 2018, ha  sido prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2020.    

Que ante la necesidad de fortalecer y  acompañar los procesos de descentralización, en cumplimiento de las políticas  fijadas por el Gobierno Nacional y en el marco del Sistema General de Regalías,  y cumplir con las obligaciones derivadas del Acto Legislativo 05 de 2011, la Ley 2056 de 2020, las  leyes bienales de presupuesto, los decretos reglamentarios y los acuerdos de la  Comisión Rectora, se hace necesario crear unos empleos temporales en lt planta de personal del Departamento Nacional de  Planeación.    

Que el Departamento Nacional de  Planeación presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, el  estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004,  modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 019 de  2012, y los artículos 2.2.12.1, 2.2.12.2 y..2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015,  para efectos de modificar la planta de personal, el cual emitió concepto  técnico favorable.    

Que para los fines  de este Decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del  Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó la viabilidad presupuestal  para crear unos empleos con carácter temporal en el Departamento Nacional de  Planeación.    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1. Creación de empleos. Crear, a partir  del 1 de enero de 2021, en la planta de personal del Departamento Nacional de  Planeación, los siguientes empleos temporales hasta el 31 de diciembre de 2022,  así:    

No. DE CARGOS                    

DEPENDENCIA Y DENOMINACIÓN DEL EMPLEO                    

CÓDIGO                    

GRADO   

DESPACHO DEL SUBDIRECTOR GENERAL    TERRITORIAL   

2 (Dos)                    

Asesor                    

1020                    

14   

17 (Diecisiete)                    

Asesor                    

1020                    

13   

17 (Diecisiete)                    

Asesor                    

1020                    

11   

PLANTA GLOBAL   

3 (Tres)                    

Profesional Especializado                    

2028                    

24   

23 (Veintitrés)                    

Profesional Especializado                    

2028                    

18   

Total cargos: 62 (Sesenta y dos)    

Artículo 2. Provisión de los empleos. Los  servidores que estén ocupando los empleos de carácter temporal señalados en el Decreto 2457 de 2018,  serán incorporados directamente y sin solución de continuidad, en los empleos  equivalentes que se crean en el artículo 1 del presente decreto.    

El Director del Departamento Nacional  de Planeación proveerá los demás empleos creados en el presente Decreto, de  conformidad con las disponibilidades presupuestales y hasta la concurrencia de  las respectivas apropiaciones.    

Artículo 3. Vigencia. El presente  Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D.C., a  23 de diciembre de 2020    

IVAN DUQUE MARQUEZ    

El Ministro de Hacienda y  Crédito Público    

Alberto Carrasquilla  Barrera    

               

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