DECRETO 1746 DE 2021

Decretos 2021

DECRETO  1746 DE 2021     

(diciembre 16)    

D.O. 51.890, diciembre 16 de  2021    

por el cual se convoca al  Congreso de la República a sesiones extraordinarias.    

Nota:  Modificado por el Decreto 1787 de 2021.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y, en  especial, de las que le confieren los artículos 138, y 200 numeral 2 de la Constitución  Política, en concordancia con el artículo 85 de la Ley 5 de 1992, y    

CONSIDERANDO:    

Que de conformidad con el  inciso tercero del artículo 138 de la Constitución Política,  el Congreso de la República se reunirá en sesiones extraordinarias, por  convocatoria del Gobierno nacional y durante el tiempo que este señale, para  ocuparse de asuntos que someta a su consideración, dentro de los cuales está  darle continuidad al procedimiento legislativo de proyectos de ley prioritarios  para el país.    

Que el numeral segundo del  artículo 200 de la Constitución Política,  establece que corresponde al Gobierno nacional, en relación con el Congreso,  convocarlo a sesiones extraordinarias.    

Que de conformidad con el  artículo 85 de la Ley 5ª de 1992, “por  la cual se expide el Reglamento del Congreso; el Senado y la Cámara de  Representantes”, son sesiones ordinarias, las que se efectúan por derecho  propio durante los días comprendidos entre el 20 de julio y el 16 de diciembre  y el 16 de marzo al 20 de junio, gozando las Cámaras de la plenitud de  atribuciones constitucionales.    

Son sesiones extraordinarias,  las que son convocadas por el Presidente de la República, estando en receso  constitucional el Congreso y para el ejercicio de atribuciones limitadas.    

De conformidad con lo anterior,  para el Gobierno nacional es prioritario continuar con la discusión y debate de  los Proyectos de ley número 266 del 2021 Senado, 393 del 2021 Cámara, “por  medio de la cual se dictan normas tendientes al fortalecimiento de la seguridad  ciudadana y se dictan otras disposiciones” sobre el cual el Gobierno  nacional presentó mensaje de urgencia del 22 de noviembre de 2021, el Proyecto  de ley número 466 de 2021 Senado, 387 de 2021 Cámara, “por medio de la cual  se dictan normas encaminadas a fomentar, promover la sostenibilidad, la  valoración y la transmisión de los saberes de los oficios artísticos, de las  industrias creativas y culturales, artesanales y del patrimonio cultural en  Colombia y se dictan otras disposiciones”, y el Proyecto de ley 152 de 2021  Senado, 213 de 2021 Cámara, “por medio de la cual se desarrolla el artículo 325 de la Constitución Política y  se expide el régimen especial de la Región Metropolitana Bogotá, Cundinamarca” con  mensaje de urgencia del 17 de agosto de 2021, los cuales están pendientes de  surtir etapas en el trámite legislativo, por lo cual se considera necesario  convocar a sesiones extraordinarias al Congreso de la República.    

En mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Convocatoria a  sesiones extraordinarias. Convóquese al honorable Congreso de la República a  sesiones extraordinarias desde el día 17 de diciembre hasta el día 23 de  diciembre de 2021.    

Artículo 2°. Modificado por  el Decreto 1787 de 2021,  artículo 1º. Objeto de la convocatoria. Durante el período de  sesiones extraordinarias señalado en el artículo primero del Decreto 1746 de 2021,  el honorable Congreso de la República se ocupará de continuar con el trámite de  los siguientes asuntos:    

1. Trámite Legislativo del  Proyecto de ley 266 de 2021 Senado, 393 de 2021 Cámara, por  medio de la cual se dictan normas tendientes al fortalecimiento de la seguridad  ciudadana y se dictan otras disposiciones.    

2. Trámite Legislativo del Proyecto  de ley 466 de 2021 Senado, 387 de 2021 Cámara, por  medio de la cual se dictan normas encaminadas a fomentar, promover la  sostenibilidad, la valoración y la transmisión de los saberes de los oficios  artísticos, de las industrias creativas y culturales, artesanales y del  patrimonio cultural en Colombia y se dictan otras disposiciones”.    

3. Trámite Legislativo del  Proyecto de ley 152 de 2021 Senado, 213 de 2021 Cámara, por  medio de la cual se desarrolla el artículo 325 de la Constitución Política y  se expide el régimen especial de la Región Metropolitana Bogotá, Cundinamarca.    

4. Trámite Legislativo del  Proyecto de ley 232 de 2021 Senado, 356 de 2021 Cámara, por  medio del cual se constituye el sistema nacional de insumos agropecuarios, se  establece la política nacional de insumos agropecuarios, se crea el fondo para  el acceso a los insumos agropecuarios y se dictan otras disposiciones.    

Texto inicial del artículo 2º: Objeto de la convocatoria.  Durante el período de sesiones extraordinarias señalado en el artículo primero  del presente Decreto, el honorable Congreso de la República se ocupará de  continuar con el trámite de los siguientes asuntos:    

1. Trámite Legislativo del Proyecto de ley 266 de 2021 Senado,  393 de 2021 Cámara, “por medio de la cual se dictan normas tendientes al  fortalecimiento de la seguridad ciudadana y se dictan otras disposiciones”.    

2. Trámite Legislativo del Proyecto de ley 466 de 2021 Senado,  387 de 2021 Cámara, “por medio de la cual se dictan normas encaminadas a  fomentar, promover la sostenibilidad, la valoración y la transmisión de los  saberes de los oficios artísticos, de las industrias creativas y culturales,  artesanales y del patrimonio cultural en Colombia y se dictan otras  disposiciones”.    

3. Trámite Legislativo del Proyecto de ley 152 de 2021 Senado,  213 de 2021 Cámara, “por medio de la cual se desarrolla el artículo 325 de la Constitución Política y se expide el régimen  especial de la Región Metropolitana Bogotá, Cundinamarca”.    

Artículo 3°. El presente  decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 16 de  diciembre de 2021.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.    

El Ministro del Interior,    

Daniel Andrés Palacios Martínez.    

               

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