DECRETO 1737 DE 2020

Decretos 2020

DECRETO 1737 DE 2020    

(diciembre  22)    

D.O. 51.536, diciembre 22 de 2020    

por el cual se modifica la  planta de personal de la Superintendencia de Sociedades    

en ejercicio de sus facultades  constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del  artículo 189 de la Constitución Política, y  el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y    

CONSIDERANDO:    

Que con el propósito de optimizar los procesos misionales, especialmente  los relacionados con insolvencia, conflictos societarios y supervisión, se  modificó la estructura de la Superintendencia de Sociedades.    

Que como  consecuencia de la modificación de la estructura se requiere modificar la  planta de personal de la Superintendencia de Sociedades.    

Que la Superintendencia de Sociedades, presentó al Departamento  Administrativo de la Función Pública, el estudio técnico de que trata el  artículo 46 de la Ley 909 de 2004,  modificado por el artículo 228 del Decreto — Ley  019 de 2012 y los artículos 2.2.12.1 al 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015,  para efectos de modificar la planta de empleos, obteniendo el respectivo  concepto favorable.    

Que la  Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y  Crédito Público emitió de viabilidad presupuestal, para efectos de modificar la  planta de personal de la Superintendencia de Sociedades.    

Que la presente modificación de planta cumple con lo dispuesto en el  artículo 196 de la Ley 1955 de 2019,  reglamentado en el Decreto 1083 de 2015,  Único del Sector de Función Pública, que señala que en el 10% de los nuevos  empleos derivados de modificaciones de las plantas de personal no se deberá  exigir experiencia profesional para el nivel profesional, con el fin de  viabilizar la vinculación al servicio público de los jóvenes entre 18 y 28  años.    

Que, en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1.-Supresión de empleos. Suprimir de la planta de personal de la Superintendencia de Sociedades, los siguientes  empleos:    

         

         

Artículo 2.-Creación  de empleos. Crear en la planta de personal de Superintendencia de Sociedades,  los siguientes empleos:    

         

Artículo 3.-Distribución  de empleos. El Superintendente de Sociedades, distribuirá los empleos de la  planta global y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna,  las necesidades del servicio, los planes y programas de la entidad.    

Artículo 4.-Provisión  de empleos. El Superintendente proveerá los empleos creados en el presente  decreto, de conformidad con las disponibilidades presupuestales y hasta la  concurrencia de las respectivas apropiaciones.    

Artículo 5.-Vigencia.  El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en  lo pertinente, el Decreto  1024 del 2012.    

Publíquese  y cúmplase    

Dado  en Bogotá, D.C., a 22 de diciembre de 2020    

IVAN  DUQUE MARQUEZ    

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público    

Alberto  Carrasquilla Barrera    

               

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