DECRETO 1708 DE 2022
(agosto 18)
D.O. 52.130, agosto 18 de 2022
por el cual se acepta una renuncia y se hace un nombramiento en la planta de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política, los artículos 2.2.5.3.1 y 2.2.11.1.3 del Decreto número 1083 de 2015 y el Decreto ley 274 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que Luis Gabriel Fernández Franco, identificado con cédula de ciudadanía número 80816417, mediante Decreto número 943 del 19 de agosto de 2021, fue nombrado en el cargo de Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, Código 0035, Grado 25, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores;
Que Luis Gabriel Fernández Franco, mediante oficio de fecha 8 de agosto de 2022, presentó carta de renuncia al cargo que viene desempeñando como Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, Código 0035, Grado 25, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores;
Que el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto número 1083 de 2015, señala que las vacantes definitivas en empleos de libre nombramiento y remoción serán provistas mediante nombramiento ordinario o mediante encargo, previo cumplimiento de los requisitos exigidos para el desempeño del cargo;
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Aceptación de renuncia. Aceptar a partir de la fecha la renuncia presentada por Luis Gabriel Fernández Franco, identificado con cédula de ciudadanía número 80816417, al cargo de Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, Código 0035, Grado 25, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 2°. Nómbrase al señor José Antonio Salazar Ramírez, identificado con cédula de ciudadanía número 4545145, en el cargo de Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, Código 0035, Grado 25, de la Planta Global del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 3°. Comunicación. Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 18 de agosto de 2022.
GUSTAVO PETRO URREGO
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Álvaro Leyva Durán.