DECRETO 1689 DE 2020

Decretos 2020

DECRETO 1689 DE 2020    

(diciembre 17)    

D.O.  51.531, diciembre 17 de 2020    

por el cual se autoriza el reconocimiento en dinero de días  compensatorios para la presente vigencia fiscal    

Nota:  Derogado por el Decreto 1777 de 2021,  artículo 2º.    

EL  PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,    

en  uso de sus facultades legales y en desarrollo de las normas señaladas en la Ley 4a de 1992,    

DECRETA:    

Artículo  1. Pago de compensatorios en dinero. Las entidades públicas podrán reconocer y  pagar en dinero los días compensatorios que se hubieren causado hasta la fecha  de publicación del presente Decreto, a favor de cada empleado público, siempre  que exista disponibilidad presupuestal y no se afecten los recursos para el  pago de horas extras que se causen en lo que resta de la vigencia fiscal.    

Artículo  2. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese  y cúmplase    

Dada  en Bogotá, D.C., a 17 de diciembre de 2020    

IVAN  DUQUE MARQUEZ    

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público    

Alberto  Carrasquilla Barrera    

El  Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Fernando  Carrillo Rubiano              

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *