DECRETO 1686 DE 2020
(diciembre 17)
D.O. 51.531, diciembre 17 de 2020
por el cual se corrige un yerro en el Decreto 1647 del 14 de diciembre de 2020
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 2° del artículo 189 de la Constitución Política, artículos 35 a140, y el artículo 62 del Decreto Ley 274 de 2000, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 45 de la ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, establece que: “En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda. ”
Que mediante Decreto 1647 del 14 de diciembre de 2020, se designó en provisionalidad al señor RICARDO JOSÉ LOZANO PICÓN, identificado con cédula de ciudadanía No. 91.263.666, al cargo de Ministro Consejero, código 1014, grado 13, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Que una vez numerado el Decreto 1647 del 14 de diciembre de 2020 se detectó un yerro de digitación así:
En el artículo 10 se digitó identificado con cédula de ciudadanía No. 91.963.666
Que en consecuencia de lo anterior y siendo el número de cedula correcto 91.263.666, el mencionado yerro debe ser corregido.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA
Artículo 1°. Corrección. Corríjase el artículo 1° del Decreto 1647 del 14 de diciembre de 2020, el cual quedará así:
“Artículo 1°. Designación. Designar en provisionalidad al señor RICARDO JOSÉ LOZANO PICÓN, identificado con cédula de ciudadanía No. 91.263.666, en el cargo de Ministro Consejero, código 1014, grado 13, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito al Consulado General de Colombia en Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. 11
Artículo 2°. Comunicación. Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.
Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase
Dado en Bogotá, D.C., a 17 de diciembre de 2020
IVAN DUQUE MARQUEZ
La Ministra de Relaciones Exteriores
Claudia Blum