DECRETO 1637 DE 2020
(diciembre 14)
D.O. 51.528, diciembre 14 de 2020
por el cual se prorroga la planta de empleos de carácter temporal para el Programa Todos a Aprender del Ministerio de Educación Nacional.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y el artículo 21 de Ley 909 de 2004 y,
CONSIDERANDO
Que el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 consagra que los organismos y entidades podrán contemplar excepcionalmente en sus plantas de personal empleos de carácter temporal, con el fin de desarrollar programas o proyectos de duración determinada en los procesos misionales y de apoyo. Que el Programa Todos a Aprender – PTA hace parte de las estrategias implementadas desde el año 2011 por el Ministerio de Educación Nacional, para fortalecer las prácticas de aula de docentes de establecimientos educativos oficiales del país y los procesos de aprendizaje de sus estudiantes, cuyo impacto contribuye al mejoramiento de la calidad educativa en las distintas regiones.
Que el Ministerio de Educación Nacional ha operado el Programa Todos a Aprender PTA con el apoyo de las Secretarías de Educación de las Entidades Territoriales Certificadas, a través de una planta temporal creada con el Decreto 4974 de 2011 y prorrogada con los Decretos 2761 de 2012, 2709 de 2014, 2238 de 2015, 2466 de 2018 y 2370 de 2019.
Que el Plan Decenal de Educación 2016-2026 reconoció los resultados positivos del Programa Todos a Aprender – PTA, en términos del impacto en docentes de establecimientos educativos oficiales y en el mejoramiento de los aprendizajes de sus estudiantes en Matemáticas y Lenguaje en nivel de básica primaria.
Que a partir de los resultados positivos del Programa Todos a Aprender – PTA, así como de los retos que el Plan Nacional de Desarrollo 2018 – 2022, “Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”, plantea para el sector educación, especialmente en lo relacionado con el objetivo de “Todos por una educación de calidad’, el Ministerio de Educación Nacional requiere continuar fortaleciendo la misionalidad del Programa, para mejorar los aprendizajes de los estudiantes del grado de transición y del ciclo de básica primaria matriculados en establecimientos educativos oficiales, mediante la formación y acompañamiento situado a docentes en ejercicio.
Que el Programa Todos a Aprender – PTA mantiene su objetivo central y sus estrategias de implementación a través de la formación en cascada (coordinadores, formadores, tutores y docentes) y el acompañamiento situado a los docentes de grado transición y del ciclo de básica primaria de los establecimientos educativos focalizados.
Que los propósitos del Programa Todos a Aprender – PTA guardan relación directa con las metas que el país se ha trazado a mediano y largo plazos en materia de educación, consignadas en los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en el Plan Marco de Implementación y en el Plan Nacional de Desarrollo 2018 – 2022.
Que para lograr lo anterior, el Ministerio de Educación Nacional requiere prorrogar la planta de empleos temporales hasta el31 de diciembre de 2022, con el fin de soportar las acciones de fortalecimiento pedagógico, orientadas a los docentes de los niveles de educación preescolar y básica primaria de los establecimientos educativos oficiales focalizados por el Programa Todos a Aprender – PTA Y que, además, permita aumentar el impacto de dichas acciones.
Que en cumplimiento de lo señalado en el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 con relación a la apropiación de los recursos suficientes para cubrir el pago de salarios y prestaciones sociales de planta temporal, el Ministerio de Educación Nacional cuenta, para las vigencias 2021 – 2022, con una partida presupuestal aprobada por el Departamento Nacional de Planeación y apropiada con el rubro “Fortalecimiento de las condiciones para el logro de trayectorias educativas completas que contribuyan al desarrollo integral en la educación inicial, preescolar, básica y media”, la cual está destinada a la financiación de la planta temporal que se requiere para el funcionamiento del Programa Todos a Aprender – PTA.
Que así mismo, en el ejercicio de Marco de Gasto de Mediano Plazo del Ministerio de Educación Nacional, se encuentra considerado el presupuesto para el mencionado proyecto de inversión, con cargo al cual se priorizarán los recursos necesarios para la financiación de la planta temporal para las vigencias 2021 y 2022.
Que el Departamento Nacional de Planeación, a través de la Dirección de Inversiones y Finanzas, mediante Oficio número 20204321286111 del 28 de agosto de 2020, emitió concepto favorable a la prórroga de cien (100) empleos de la planta temporal del Ministerio de Educación Nacional, para el periodo comprendido entre el1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2022, en el marco del proyecto de Inversión de Fortalecimiento de las Condiciones para el Logro de Trayectorias Educativas en la Educación Inicial Prescolar, Básica y Media Nacional”.
Que, para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió la viabilidad presupuestal a la prórroga de la planta temporal correspondiente al Programa Todos a Aprender – PTA, mediante oficio radicado número 2-2020-049302 del 29 de septiembre de 2020.
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA
Artículo 1. Prorrogar empleos de carácter temporal. Prorróguese a partir del 1 de enero de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2022, los siguientes empleos de la planta temporal del Programa Todos Aprender – PTA:
No. DE CARGOS
DEPENDENCIA Y DENOMINACION DEL EMPLEO
CÓDIGO
GRADO
100 (cien)
Profesional Especializado
2028
21
Artículo 2. Funciones. Los empleos temporales de que trata el artículo 1 del presente decreto deberán encaminarse al cumplimiento de las funciones que dieron lugar a su creación, de conformidad con lo señalado en la Ley 909 de 2004 y el Decreto 1083 de 2015.
Artículo 3. Vigencia. El presente decreto rige a partir de su publicación.
Publíquese y cúmplase
Dado en Bogotá, D.C., a 14 de diciembre de 2020
IVAN DUQUE MARQUEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera
La Ministra de Educación Nacional
María Victoria Angulo González
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública
Fernando Grillo Rubiano