DECRETO 1636 DE 2021
(diciembre 1°)
D.O. 51.875, diciembre 1° de 2021
por el cual se otorga la Orden a la Acreditación Institucional de Alta Calidad de la Educación Superior “Francisco José de Caldas”.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de la conferida por el numeral 21 del artículo 189 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto 4322 de 2005 “Por el cual se crea la Orden a la Acreditación Institucional de Alta Calidad de la Educación Superior Francisco José de Caldas”, se creó la Orden a la Acreditación Institucional de Alta Calidad de la Educación Superior “Francisco José de Caldas”, para enaltecer a las instituciones de educación superior.
Que el artículo 3° del Decreto 4322 de 2005, establece que la Orden a la Acreditación Institucional de Alta Calidad de la Educación Superior “Francisco José de Caldas” será concedida mediante decreto del Gobierno nacional e impuesta por el Presidente de la República, o su delegado.
Que de conformidad con el artículo 2.5.3.7.2 del Decreto 1075 de 2015 “por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación” y el artículo 3° del Acuerdo 02 de 2020 del Consejo Nacional de Educación Superior (CESU) “Por el cual se actualiza el modelo de acreditación en alta calidad”, la acreditación en Alta Calidad es el reconocimiento de la Alta Calidad que otorga el Ministerio de Educación Nacional a los programas académicos y a las instituciones que cumplen con los más altos criterios de calidad y que realizan sus propósitos y objetivos.
Que, de igual manera, el artículo 3° del Acuerdo 02 de 2020 dispone que la acreditación en alta calidad promueve el fortalecimiento de una cultura de la alta calidad de los programas académicos y de las instituciones, que se soporta en los sistemas internos de aseguramiento de la calidad. La evaluación con fines de acreditación en alta calidad se realiza por la institución sobre sí misma y sus programas académicos, los pares académicos, y el Consejo Nacional de Acreditación (CNA).
Que para el presente reconocimiento mediante la Orden a la Acreditación Institucional de Alta Calidad de la Educación Superior “Francisco José de Caldas”, se tuvo en cuenta las fechas de acreditación institucional que fueron otorgadas entre el primero (1°) de octubre de 2020 hasta el treinta (30) de septiembre de 2021.
Que las Instituciones de Educación Superior (IES), Fundación Universitaria del Área Andina, Corporación Universidad Piloto de Colombia, Fundación Universitaria Juan N. Corpas, Universidad de Pamplona y Universidad Santiago de Cali, actualmente cuentan con Acreditación Institucional en Alta Calidad en virtud de las Resoluciones 13718, 18115, 18142, 18143 y 18144 de 2021, respectivamente, expedidas por el Ministerio de Educación Nacional, previa recomendación del Consejo Nacional de Acreditación (CNA).
Que el Gobierno nacional a través del Ministerio de Educación Nacional, considera importante estimular la calidad de la educación superior y exaltar con la “Orden a la Acreditación Institucional de Alta Calidad de la Educación Superior “Francisco José de Caldas” a las Instituciones de Educación Superior establecidas en el considerando anterior, que en procesos voluntarios y por razón de sus altos niveles de calidad, han merecido ser acreditadas institucionalmente, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 5° del Decreto 4322 de 2005.
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Otorgamiento de la Orden a la Acreditación Institucional de Alta Calidad de la Educación Superior “Francisco José de Caldas”. Concédase la Orden a la Acreditación Institucional de Alta Calidad de la Educación Superior “Francisco José de Caldas” a las siguientes instituciones de educación superior, que fueron acreditadas por parte del Ministerio de Educación Nacional entre el periodo comprendido entre el primero (1°) de octubre de 2020 hasta el treinta (30) de septiembre de 2021:
1. Fundación Universitaria del Área Andina
2. Corporación Universidad Piloto de Colombia
3. Fundación Universitaria Juan N. Corpas
4. Universidad de Pamplona
5. Universidad Santiago de Cali.
Parágrafo. La imposición de la Orden a la Acreditación Institucional de Alta Calidad de la Educación Superior “Francisco José de Caldas” se hará en ceremonia que deberá ser programada y realizada por el Ministerio de Educación Nacional.
Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 1° de diciembre de 2021.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
La Ministra de Educación Nacional,
María Victoria Angulo González.