DECRETO 1621 DE 2020

Decretos 2020

DECRETO 1621 DE 2020     

(diciembre 7)    

D.O. 51.521, diciembre 7 de  2020    

por el cual se confiere la  condecoración “José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial”, para el año 2020.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de sus facultades, en especial de las conferidas por  el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, en  concordancia con el artículo 10 del Decreto número  1258 de 1970, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Decreto número  1258 de 1970, creó la condecoración “José Ignacio de Márquez al Mérito  Judicial”, con el fin de exaltar las virtudes y servicios de los  funcionarios y empleados de la Rama Jurisdiccional y del Ministerio Público y  como estímulo a la honestidad, consagración, perseverancia y superación de  estos servidores del Estado, en tres categorías: oro, plata y bronce,  detalladas así:    

• Medalla de oro: es  extraordinaria y se otorgara por merecimientos excepcionales a quienes hayan  ocupado las más altas posiciones en la Magistratura y el Ministerio Publico,  habiendo contribuido así a enriquecer la jurisprudencia y a prestigiar la ·  administración de justicia.    

• Medalla de plata: se  concederá por servicios eminentes a la causa de la justicia y por singular  consagración al cumplimiento del deber.    

• Medalla de bronce: se  distinguirá a quienes, por su dedicación continua, su pulcritud y prestancia,  merezcan ser señalados como ejemplos de devoción en el servicio.    

Que de acuerdo con lo  establecido en los artículos 9° y 10 del Decreto número  1258 de 1970, la Presidenta del Consejo Superior de la Judicatura, comunicó  al Ministerio de Justicia y del Derecho la Resolución PCSJSR20-180 del 25 de  noviembre de 2020, por medio de la cual dicha Corporación determinó los  funcionarios merecedores de la condecoración “José Ignacio de Márquez al  Mérito Judicial”.    

Que de conformidad con lo  establecido en el Decreto número  1258 de 1970, la imposición de la condecoración “José Ignacio de Márquez  al Mérito Judicial”, en sus categorías oro, plata y bronce, la hará el  Presidente de la República, o la persona designada para tal efecto.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Condecoración  “José Ignacio de Márquez al mérito Judicial” en la categoría oro. Conferir  la condecoración “José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial”, en la  categoría oro, por sus merecimientos excepcionales y contribución al  enriquecimiento de la jurisprudencia, así como al prestigio de la administración  de justicia, a los siguientes servidores:    

• H. Magistrado Alberto Rojas  Ríos, Presidente de la Corte Constitucional;    

• H. Magistrado Jorge Luis  Quiroz Alemán, Presidente de la Corte Suprema de Justicia;    

• H. Magistrado Álvaro Namén Vargas, Presidente del Consejo de Estado;    

• H. Magistrada Diana Alexandra  Remolina Botía, Presidenta del Consejo Superior de la  Judicatura.    

Artículo 2°. Condecoración  “José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial”, en la Categoría de Plata.  Conferir la Condecoración “José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial”, en la  categoría plata, por sus servicios eminentes a la causa de la justicia y por su  singular consagración, al cumplimiento del deber, a los siguientes servidores:    

• Javier Antonio Fernández  Sierra, Magistrado de la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito  Judicial de Cundinamarca;    

• Gustavo Alirio Tupaz Parra, Juez Dieciocho Laboral del Circuito del  Distrito Judicial de Bogotá, D. C.;    

• Alfonso Sarmiento Castro,  Magistrado del Tribunal Administrativo de Cundinamarca;    

• Martha Nury  Velásquez Bedoya, Juez Veinticuatro Administrativo de Medellín;    

• Antonio Suárez Niño,  Magistrado de la Sala. Jurisdiccional Disciplinaria Seccional de Bogotá D. C.    

Artículo 3°. Condecoración  “José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial” en la Categoría de Bronce.  Conferir la Condecoración “José Ignacio de Márquez al Mérito Judicial” en la  categoría bronce, por su dedicación continua, su pulcritud y prestancia,  mereciendo ser señalados como ejemplo de devoción en el servicio, a los  siguientes servidores:    

• Juan Jacobo Calderón  Villegas, Magistrado Auxiliar de la Corte Constitucional;    

• Ismael Enrique Lizarazo Díaz,  Magistrado Auxiliar de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de  Justicia;    

• Mario Rolando Rosero Caicedo,  Citador, Grado 4, del Juzgado Primero Promiscuo del Circuito de Puerto Asís –  Distrito Judicial de Putumayo;    

• Tatiana Sarmiento Nicholls,  Magistrada Auxiliar del Consejo de Estado de la Sección Tercera;    

• Gonzalo López Niño, Relator  del Tribunal Administrativo del Distrito Judicial de Boyacá;    

• Jorge Alberto Garzón Forero,  Citador, Grado 5, de la Secretaría Judicial de la Sala Jurisdiccional  Disciplinaria;    

• Javier Alexander Serrano  Ruiz, Técnico, Grado 13, de la Unidad Administrativa de la Dirección Ejecutiva  de Administración Judicial;    

• Henry Rodríguez Rueda,  Profesional Especializado, Grado 33, del Despacho 6 del Consejo Superior de la  Judicatura.    

Artículo 4°. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 7 de  diciembre de 2020.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

El Ministro de Justicia y del  Derecho,    

Wilson Ruiz Orejuela.    

               

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