DECRETO 1616 DE 2021
(noviembre 30)
D.O. 51.874, noviembre 30 de 2021
por el cual se designa alcaldesa ad hoc del municipio de Tarso, departamento de Antioquia.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y
CONSIDERANDO:
Que mediante escrito de 9 de marzo de 2020, el señor Fredy Alberto Hurtado Pérez, alcalde del municipio de Tarso, departamento de Antioquia, manifestó ante la Procuraduría Regional de Antioquia, su impedimento para “designar apoderado/a que represente los intereses del municipio de Tarso en el Proceso 05001333301220150043700 del cual conoce el Juzgado 12 Administrativo Oral de Medellín”, invocando el artículo 11 de la Ley 1437 del 2011, en concordancia con el artículo 40 de la Ley 734 de 2002.
Que mediante auto de 18 de marzo de 2020, proferido dentro del proceso con radicación E-2020-164854 D-2020-1484901, el Procurador Regional de Antioquia, aceptó el impedimento manifestado por el señor Fredy Alberto Hurtado Pérez, alcalde municipal de Tarso, Antioquia, para “designar apoderado/a que represente los intereses del municipio de Tarso en el proceso judicial con radicado 05001333301220150043700 del cual conoce el Juzgado 12 Administrativo Oral de Medellín”, encontrando configurado un conflicto de intereses a la luz de las normas invocadas por el mandatario y, consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc.
Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 del 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “(…) será de competencia del Presidente de la República decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual se nombra con carácter transitorio (…)”, mediante comunicación radicada en el Ministerio del Interior bajo la PQRSD-082410 de 11 de octubre de 2021, la doctora Paula Andrea Duque Agudelo, secretaria de Despacho de la Gobernación de Antioquia, remitió, con el aval del señor gobernador , la hoja de vida de la señora Carolina Bonilla Alzate, funcionaria vinculada al mismo ente territorial, para ser designada como alcaldesa ad hoc para el municipio de Tarso.
Que el artículo 209 de la Constitución Política preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla, con fundamento, entre otros principios, en los de moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo 3°.
Que, con el fin de dar cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar al alcalde ad hoc del municipio de Tarso, Antioquia.
Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014, a través del radicado número 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203).
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Designación alcalde ad hoc de Tarso. Designar como alcaldesa ad hoc del municipio de Tarso, Antioquia, a la doctora Carolina Bonilla Alzate, identificada con la cédula de ciudadanía número 1017201825, quien se desempeña en el cargo de profesional universitario código 219, grado 03, asignada al Grupo de Trabajo Oficina Privada en el despacho del gobernador de Antioquia, para designar un apoderado judicial que represente los intereses de ese ente territorial dentro del proceso que cursa en el Juzgado 12 Administrativo Oral de Medellín, bajo radicado 05001333301220150043700, de conformidad con la parte motiva del presente decreto.
Artículo 2°. Posesión. La alcaldesa ad hoc designada en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.
Artículo 3°. Comunicación. Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto la alcaldesa ad hoc designada en este acto, al alcalde titular del municipio de Tarso, a la Gobernación de Antioquia y a la Procuraduría Regional de Antioquia.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 30 de noviembre de 2021.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
El Ministro del Interior,
Daniel Andrés Palacios Martínez.