DECRETO 1600 DE 2020

Decretos 2020

DECRETO 1600 DE 2020    

(diciembre 3)    

D.O. 51.517, diciembre 3 de 2020    

por el cual se desvincula y se nombra a un  funcionario en el servicio exterior.    

Nota:  Ver Decreto 338 de 2023.    

         

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus  facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los  numerales 2 y 13 del artículo 189 de la Constitución Política, y  de acuerdo con el Decreto número  1083 de 2015, Decretos ley 663 de 1993 y 274 de 2000.    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Decreto  número 1222 del 18 de julio de 2017 se nombró al doctor Ricardo Alfonso  Pedroza Pinzón, identificado con cédula de ciudadanía número 79329163 de  Bogotá, D. C., en el cargo de Agregado Comercial, con categoría de Consejero en  la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Alemania.    

Que la Junta Asesora del Fideicomiso de Promoción de  Exportaciones ProColombia, en sesión de 2 de septiembre de 2020, solicitó al doctor  Ricardo Alfonso Pedroza Pinzón, que fungiera como Director de la Oficina  Comercial de ProColombia en Estados Unidos con rango diplomático en calidad de  Consejero. Lo anterior consta en el extracto del Acta de Junta Asesora número  289.    

Que, mediante comunicación de fecha 28 de octubre de 2020, el  doctor Ricardo Alfonso Pedroza Pinzón presentó la renuncia al cargo de Agregado  Comercial, con categoría de Consejero en la Embajada de Colombia ante el  Gobierno de Alemania.    

Que, en mérito de lo anterior,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Desvincúlese, a partir de la fecha, al doctor  Ricardo Alfonso Pedroza Pinzón, identificado con cédula de ciudadanía número 79329163  de Bogotá, D. C., del cargo de Agregado Comercial, con categoría de Consejero  en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Alemania.    

Artículo 2°. En virtud de lo anterior, Vincúlese mediante  nombramiento al doctor Ricardo Alfonso Pedroza Pinzón, identificado con cédula  de ciudadanía número 79329163 de Bogotá, D. C., al cargo de Agregado Comercial,  con categoría de Consejero en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de  Estados Unidos.    

Artículo 3º. Todas las erogaciones que ocasione el cumplimiento  del presente decreto se pagarán con cargo a los recursos del Fideicomiso Procolombia antes Proexport Colombia.    

Artículo 4º. Comunicar, al doctor Ricardo Alfonso Pedroza  Pinzón, el contenido del presente decreto, a través de la Secretaría General de  Procolombia.    

Artículo 5º. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la  fecha de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 3 de diciembre de 2020.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra de Relaciones Exteriores,    

Claudia Blum.    

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,    

José Manuel Restrepo Abondano.    

               

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