DECRETO 16 DE 2022

Decretos 2022

DECRETO 016 DE 2022    

(enero 12)    

D.O. 51.915, enero 12 de 2022    

por el cual se acepta una  renuncia.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le  confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política,  el artículo 2.2.11.1.3 del Decreto 1083 de 2015  y el Decreto Ley 274 de  2000, y    

CONSIDERANDO:    

Que Alfonso Pedro Lázaro López  Caballero, identificado con cédula de ciudadanía número 17122524, mediante Decreto  702 del 27 de abril de 2016, fue nombrado en el cargo de Embajador  Extraordinario y Plenipotenciario, Código 0036, Grado 25, de la planta de  personal del Despacho de los Jefes de Misiones Diplomáticas y Oficinas  Consulares, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la  Federación de Rusia;    

Que Alfonso Pedro Lázaro López  Caballero, mediante oficio de fecha 23 de noviembre de 2021, presentó carta de  renuncia al cargo que viene desempeñando como Embajador Extraordinario y  Plenipotenciario, Código 0036, Grado 25, de la planta de personal del Despacho  de los Jefes de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares, adscrito a la  Embajada de Colombia ante el Gobierno de la Federación de Rusia;    

Que, en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Aceptar. Acéptese  a partir del 20 de enero de 2022 la renuncia presentada por Alfonso Pedro  Lázaro López Caballero, identificado con cédula de ciudadanía número 17122524,  al cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, Código 0036, Grado 25,  de la planta de personal del Despacho de los Jefes de Misiones Diplomáticas y  Oficinas Consulares, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la  Federación de Rusia.    

Artículo 2º. Comunicación.  Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones  Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca  la norma.    

Artículo 3º. Erogaciones. Las  erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto se pagarán con  cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo  Rotatorio.    

Artículo 4º. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 12 de  enero de 2022.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra de Relaciones  Exteriores,    

Martha Lucía Ramírez Blanco.    

               

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