DECRETO 016 DE 2022
(enero 12)
D.O. 51.915, enero 12 de 2022
por el cual se acepta una renuncia.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 2.2.11.1.3 del Decreto 1083 de 2015 y el Decreto Ley 274 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que Alfonso Pedro Lázaro López Caballero, identificado con cédula de ciudadanía número 17122524, mediante Decreto 702 del 27 de abril de 2016, fue nombrado en el cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, Código 0036, Grado 25, de la planta de personal del Despacho de los Jefes de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la Federación de Rusia;
Que Alfonso Pedro Lázaro López Caballero, mediante oficio de fecha 23 de noviembre de 2021, presentó carta de renuncia al cargo que viene desempeñando como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, Código 0036, Grado 25, de la planta de personal del Despacho de los Jefes de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la Federación de Rusia;
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1º. Aceptar. Acéptese a partir del 20 de enero de 2022 la renuncia presentada por Alfonso Pedro Lázaro López Caballero, identificado con cédula de ciudadanía número 17122524, al cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, Código 0036, Grado 25, de la planta de personal del Despacho de los Jefes de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la Federación de Rusia.
Artículo 2º. Comunicación. Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.
Artículo 3º. Erogaciones. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.
Artículo 4º. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 12 de enero de 2022.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
La Ministra de Relaciones Exteriores,
Martha Lucía Ramírez Blanco.