DECRETO 1580 DE 2021
(noviembre 26)
D.O. 51.870, noviembre 26 de 2021
por el cual se hace una designación en comisión para situaciones especiales a la planta externa del Ministerio de Relaciones Exteriores.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 2° del artículo 189 de la Constitución, artículos 35 al 40, el literal a) del artículo 53 y artículo 62 del Decreto Ley 274 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que, el literal b) del artículo 39 del Decreto Ley 274 de 2000, señala que cumplido por el funcionario el término correspondiente a cada lapso de alternación la Dirección de Talento Humano o la dependencia que hiciere sus veces, coordinará las gestiones administrativas para disponer el desplazamiento del funcionario en legal forma.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Comisión. Comisiónase a la planta externa a la señora Idoia Astrid Valladares Martínez, identificada con cédula de ciudadanía número 51672828 al cargo de Ministro Plenipotenciario, código 0074, grado 22, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito al Consulado General de Colombia en Atlanta, Estados Unidos de América.
Parágrafo 1º. La señora Idoia Astrid Valladares Martínez es funcionaria inscrita en el escalafón de la Carrera Diplomática y Consular, en la categoría de EMBAJADOR.
Parágrafo 2º. Funciones Consulares. La señora Idoia Astrid Valladares Martínez ejercerá las funciones de Cónsul General de Colombia en Atlanta, Estados Unidos de América y se desempeñará como Jefe de la Oficina Consular mencionada.
Parágrafo 3º. El término para el desplazamiento previsto en el parágrafo 1º del artículo 39 del Decreto Ley 274 de 2000, una vez comunicado el presente decreto, podrá ser prorrogado en los casos en que el país de destino no otorgue las condiciones necesarias para que pueda darse el desplazamiento con ocasión de la pandemia del nuevo Coronavirus COVID-19.
Artículo 2º. Erogaciones. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto, se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.
Artículo 3º. Comunicación. Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.
Artículo 4º. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 26 de noviembre de 2021.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.
La Ministra de Relaciones Exteriores,
Martha Lucía Ramírez Blanco.