DECRETO 1577 DE 2021

Decretos 2021

DECRETO  1577 DE 2021    

(noviembre 26)    

D.O. 51.870, noviembre 26 de  2021    

por el cual se hace una  designación en comisión para situaciones especiales a la planta externa del  Ministerio de Relaciones Exteriores.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en  especial las que le confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución, artículo  35 al 40, el literal a. del artículo 53 y articulo 62 del Decreto ley 274 de  2000, y    

CONSIDERANDO:    

Que el literal b. del artículo  39 del Decreto ley 274 de  2000, señala que cumplido por el funcionario el término correspondiente a  cada lapso de alternación la Dirección de Talento Humano o la dependencia que  hiciere sus veces, coordinará las gestiones administrativas para disponer el  desplazamiento del funcionario en legal forma.    

Que, en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1° Comisión. Comisiónese  a la planta externa al señor Jaime Alexánder Pacheco Aranda, identificado con  Cedula de ciudadanía número 80.185.433 al cargo de Consejero de Relaciones  Exteriores, código 1012, grado 11, de la planta global del Ministerio de  Relaciones Exteriores, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de  Emiratos Árabes Unidos.    

Parágrafo 1º. El señor Jaime  Alexánder Pacheco Aranda es funcionario inscrito en el escalafón de la Carrera  Diplomática y Consular, en la categoría de Primer Secretario.    

Parágrafo 2º. El término para  el desplazamiento previsto en el parágrafo 1º del artículo 39 del Decreto ley 274 de  2000, una vez comunicado el presente decreto, podrá ser prorrogado en los  casos en que el país de destino no otorgue las condiciones necesarias para que  pueda darse el desplazamiento con ocasión de la pandemia del nuevo Coronavirus  Covid-19. Artículo 2°. Erogaciones. Las erogaciones que ocasione el  cumplimiento del presente decreto, se pagarán con cargo a los presupuestos del  Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.    

Artículo 3º. Comunicación. Corresponderá a la Dirección  de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente  decreto en los términos que establezca la norma.    

Artículo 4º. Vigencia. El presente decreto rige a partir  de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 26 de noviembre de 2021.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.    

La Ministra de Relaciones Exteriores,    

Martha Lucía Ramírez Blanco.    

               

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