DECRETO 1574 DE 2021
(noviembre 26)
D.O. 51.870, noviembre 26 de 2021
por el cual se hace un traslado a la planta externa del Ministerio de Relaciones Exteriores.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 2° del artículo 189 de la Constitución política, artículos 35 al 40 y el artículo 62 del Decreto ley 274 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que, el literal b. del artículo 39 del Decreto ley 274 de 2000, señala que cumplido por el funcionario el término correspondiente a cada lapso de alternación la Dirección de Talento Humano o la dependencia que hiciere sus veces, coordinará las gestiones administrativas para disponer el desplazamiento del funcionado en legal forma.
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1º. Traslado. Trasládese a la planta externa a la señora Manuela Ríos Serna, identificada con Cédula de ciudadanía número 53.012.250 al cargo de Consejero de Relaciones Exteriores, código 1012, grado 11, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito a la misión permanente de Colombia ante la Organización de las Naciones Unidas (ONU), con sede en Nueva York, Estados Unidos de América.
Parágrafo 1°. La señora Manuela Ríos Serna es funcionaria inscrita en el escalafón de la Carrera Diplomática y Consular en la categoría de Consejero.
Parágrafo 2º. El término para el desplazamiento previsto en el parágrafo 1º del artículo 39 de Decreto ley 274 de 2000, una vez comunicado el presente decreto, podrá ser prorrogado en los casos en que el país de destino no otorgue las condiciones necesarias para que pueda darse el desplazamiento con ocasión de la pandemia del nuevo coronavirus Covid-19.
Artículo 2º. Erogaciones. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto, se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.
Artículo 3°. Comunicación. Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.
Artículo 4º. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 26 de noviembre de 2021.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.
La Ministra de Relaciones Exteriores,
Martha Lucía Ramírez Blanco.