DECRETO 1560 DE 2021

Decretos 2021

DECRETO 1560 DE 2021    

(noviembre 26)    

D.O. 51.870, noviembre 26 de  2021    

por el cual se hace una designación en comisión  para situaciones especiales a la planta interna del Ministerio de Relaciones  Exteriores.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus  facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el  numeral 2 del artículo 189 de la Constitución, artículos  35 al 40, el literal a), del artículo 53 y artículo 62 del Decreto ley 274 de  2000, y    

CONSIDERANDO:    

Que, el literal b) del artículo 39 del Decreto ley 274 de  2000, señala que cumplido por el funcionario el término correspondiente a  cada lapso de alternación la Dirección de Talento Humano o la dependencia que  hiciere sus veces, coordinará las gestiones administrativas para disponer el  desplazamiento del funcionario en legal forma.    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Comisión. Comisiónese a la planta interna al  señor Luis Antonio Dimaté Cárdenas, identificado con cédula de ciudadanía  número 80352933 al cargo de Ministro Plenipotenciario, código 0074; grado 22,  de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores.    

Parágrafo 1º. El señor Luis Antonio Dimaté Cárdenas es funcionario inscrito en  el escalafón de la Carrera Diplomática y Consular, en la categoría de  Embajador.    

Parágrafo 2º. El  término para el desplazamiento previsto en el parágrafo 1º del artículo 39 del Decreto ley 274 de  2000, una vez comunicado el presente decreto, podrá ser prorrogado en los  casos en que el país de destino no otorgue las condiciones necesarias para que  pueda darse el desplazamiento con ocasión de la pandemia del nuevo Coronavirus  Covid-19.    

Artículo 2º. Erogaciones.  Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto, se  pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y  su Fondo Rotatorio.    

Artículo 3°. Comunicación. Corresponderá a la Dirección  de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del  presente decreto en los términos que establezca la norma.    

Artículo 4°. Vigencia.  El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 26 de  noviembre de 2021.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra de Relaciones  Exteriores,    

Martha Lucía Ramírez Blanco.    

               

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