DECRETO 154 DE 2022

Decretos 2022

DECRETO  154 DE 2022     

(enero 28)    

D.O. 51.931, enero 28 de 2022    

por el cual se modifica la estructura  del Fondo Nacional del Ahorro Carlos Lleras Restrepo, y se determinan las  funciones de sus dependencias.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en  especial las conferidas por el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y  el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Fondo Nacional del  Ahorro ha incorporado nuevos productos durante los últimos veinte años,  generando con ello un crecimiento sustancial en la cantidad de afiliados vinculados,  a pesar de tal crecimiento la última estructura organizacional fue aprobada  mediante Acuerdo 987 de mayo del 2001 y el Decreto 3164 de 2007,  lo que justifica una modificación que permita que se ajuste a las nuevas  necesidades de la organización, a su nuevo enfoque estratégico y le permita ser  más robusta y flexible, pues en la actualidad funciona con una estructura  informal lo que dificulta la gestión y administración de la organización, no  solo en responsabilidad sino en ejecución de funciones y procesos.    

Que la Junta Directiva del Fondo Nacional del Ahorro, en Sesión  número 933 del 7 diciembre de 2020 como consta en el acta respectiva, decidió  someter a aprobación del Gobierno nacional la modificación de la estructura y  la planta de servidores públicos del Fondo Nacional del Ahorro.    

Que la Junta Directiva del Fondo Nacional del Ahorro mediante  Acuerdo 2398 de 2021 modificó el  artículo 21, Capítulo III, del Acuerdo 941 de 1998 que adopta los Estatutos  Internos del Fondo Nacional del Ahorro, aprobado por el Decreto 1454 de 1998,  a fin de establecer la nueva estructura interna.    

Que la Junta Directiva del  Fondo Nacional del Ahorro, en sesiones Nos. 949 del 27 de julio de 2021 y 951  del 28 de septiembre de 2021, tal y como consta en las actas de las sesiones  respectivas, aprobó los ajustes realizados al estudio técnico conforme las  mesas de trabajo realizadas con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y  en consecuencia decidió someter a aprobación del Gobierno nacional la  modificación de su estructura y planta de personal.    

Que el Fondo Nacional del  Ahorro, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la  justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004,  modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 019 de  2012, y los artículos 2.2.12.1, 2.2.12.2 y 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015,  para efectos de modificar su estructura y planta de personal, encontrándola  ajustada técnicamente y emitiendo, en consecuencia, concepto técnico favorable.    

Que la modificación de la  estructura del Fondo Nacional del Ahorro cumple con el numeral 1.1. de la  Directiva Presidencial 09 de 9 de noviembre de 2018 “Directrices de  Austeridad”, el cual dispone: “Las plantas de personal y las estructuras  administrativas de las entidades de la rama ejecutiva del orden nacional,  solamente se podrán modificar cuando dicha reforma sea a costo cero o se  generen ahorros en los gastos de funcionamiento de la entidad.    

Que el artículo 3° del Estatuto  Orgánico del Presupuesto General de la Nación establece que las Empresas  Industriales y Comerciales del Estado de carácter financiero, como es el caso  del Fondo Nacional del Ahorro, no hacen parte del Presupuesto General de la  Nación, y que, por tal motivo, no requiere viabilidad presupuestal por parte de  la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito  Público.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Estructura. La estructura del Fondo Nacional del Ahorro será  la siguiente:    

1. Junta Directiva    

2. Presidencia    

2.1. Oficina de Control Interno    

2.2. Dirección de Planeación    

2.3. Dirección de Transparencia  y Cumplimiento    

3. Secretaría General    

4. Vicepresidencia Empresarial    

5. Vicepresidencia de Redes    

6. Vicepresidencia de Crédito    

7. Vicepresidencia de  Operaciones    

8. Vicepresidencia Jurídica    

9. Vicepresidencia Financiera    

10. Vicepresidencia de Riesgos    

11. Vicepresidencia de  Tecnología y Transformación Digital    

12. Vicepresidencia de Gestión  Humana y Administrativa    

13. Órganos de Asesoría y  Control    

13.1 Comité de Coordinación del  Sistema de Control Interno.    

Artículo 2°. Órganos de Dirección y  Administración. La Junta Directiva de la entidad cumplirá las funciones  señaladas en la ley, en los estatutos del Fondo Nacional del Ahorro, y en las  demás disposiciones legales vigentes.    

Artículo 3°. Presidencia. Son funciones de la Presidencia:    

1. Dirigir, coordinar, vigilar,  controlar y evaluar la ejecución y cumplimiento de los objetivos, políticas,  planes, programas y proyectos inherentes al desarrollo del objeto del Fondo  Nacional del Ahorro, de conformidad con las directrices trazadas por la Junta  Directiva.    

2. Ejercer la representación  legal de la Empresa, con arreglo a las disposiciones vigentes y los estatutos.    

3. Constituir mandatarios y  apoderados que representen a la Empresa en los asuntos judiciales,  administrativos y demás de carácter litigioso.    

4. Dirigir las políticas,  planes, programas y proyectos institucionales para el recaudo, pago oportuno y  protección contra la pérdida de valor de las cesantías.    

5. Dirigir las políticas,  planes, programas y proyectos institucionales de crédito y demás productos o  servicios competencia de la Empresa, de acuerdo con las normas vigentes.    

6. Dirigir la gestión comercial  de la Empresa, que involucre el diseño de mercadeo, la divulgación y  capacitación, la afiliación de nuevas personas y la administración y  fidelización de quienes ya se encuentran afiliados.    

7. Dirigir la gestión integral  de servicio al cliente, encaminada a la atención de los ciudadanos,  empleadores, afiliados y demás grupos de interés que permitan satisfacer de  forma efectiva, sus necesidades.    

8. Impartir directrices para el  diseño e implementación del sistema de administración integral de riesgos, de  acuerdo con la normatividad legal vigente.    

9. Administrar y velar por la  adecuada utilización de los bienes y fondos que constituyen el patrimonio de la  Empresa.    

10. Dirigir planes, programas y  proyectos para una gestión tecnológica de la Empresa que fortalezca la  productividad y competitividad de la organización y genere las capacidades de  transformación digital para mejorar el desempeño de sus productos y servicios  en el mercado.    

11. Presentar a consideración y  a aprobación de la Junta Directiva, los planes y programas que se requieran  para el desarrollo del objeto de la Empresa.    

12. Presentar para  consideración y aprobación de la Junta Directiva el proyecto de presupuesto,  sus adiciones y traslados, así como los estados financieros, de conformidad con  las disposiciones legales sobre la materia.    

13. Presentar para estudio y  aprobación de la Junta Directiva los proyectos de modificación y ajuste a los  estatutos, la estructura interna y la planta de personal de la Empresa.    

14. Desarrollar y dirigir el  cumplimiento de las decisiones y acuerdos de la Junta Directiva y rendir los  informes que le sean solicitados.    

15. Dirigir la ejecución  presupuestal, comprometer y ordenar el gasto, suscribir los actos, y celebrar  los contratos y convenios que se requieran para el normal funcionamiento de la  Empresa.    

16. Nombrar, remover y dar  posesión a los empleados públicos de la Empresa que no corresponda a otra  autoridad, contratar y dar por terminado los contratos de los trabajadores  oficiales y aplicar el régimen disciplinario, de conformidad con las normas  legales vigentes.    

17. Dirigir las relaciones  laborales de la Empresa, así como expedir los actos relacionados con la  administración del talento humano.    

18. Crear y organizar las  instancias de coordinación interna y los grupos internos de trabajo que estime  necesarias para el cumplimiento de la misión institucional.    

19. Dirigir las políticas para  el fortalecimiento y mantenimiento de la cultura de autocontrol, y la  implementación, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión  Institucional.    

20. Las demás inherentes a la  naturaleza de la dependencia, las establecidas por la ley, los reglamentos o  los estatutos.    

Artículo 4°. Oficina de Control Interno. Son funciones de la Oficina de  Control Interno:    

1. Planear, dirigir y organizar  la verificación y evaluación del sistema de control interno del Fondo Nacional  de Ahorro.    

2. Velar por el cumplimiento de  las leyes, normas, políticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y  metas de la organización y recomendar los ajustes necesarios.    

3. Servir de apoyo a los  directivos y a todos y cada uno de los funcionarios de la Empresa en el proceso  de toma de decisiones, a fin de que se obtengan los resultados esperados.    

4. Verificar los procesos  relacionados con el manejo de los recursos, bienes y los sistemas de  información de la Empresa y recomendar los correctivos que sean necesarios.    

5. Evaluar el sistema de  control interno y que su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las  funciones de todos los cargos y, en particular, de aquellos que tengan  responsabilidad de mando.    

6. Fomentar en toda la  organización la formación de una cultura del autocontrol, que contribuya al  mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misión institucional.    

7. Verificar la implantación de  las medidas recomendadas y su efectividad, a través del seguimiento continuo a  estas.    

8. Mantener permanentemente  informados a los Directivos acerca del estado del sistema de control interno de  la Empresa, dando cuenta de las debilidades detectadas y de las fallas en su  cumplimiento y presentar las recomendaciones prioritarias viables y  específicas.    

9. Verificar que los controles  definidos para los procesos y actividades de la organización se cumplan por los  responsables de su ejecución y en especial, que las áreas o empleados  encargados de la aplicación del régimen disciplinario ejerzan adecuadamente  esta función.    

10. Verificar que los controles  asociados con todas y cada una de las actividades de la organización estén  adecuadamente definidos, sean apropiados y se mejoren permanentemente, de  acuerdo con la evolución de la entidad.    

11. Evaluar y verificar la aplicación de los mecanismos de  participación ciudadana en desarrollo del mandato constitucional y legal  diseñado por la Empresa.    

12. Presentar los informes bajo su responsabilidad de acuerdo  con las normas vigentes y coordinar su elaboración con las demás dependencias  de la Empresa.    

13. Apoyar y coordinar con la  Secretaría General la respuesta a las solicitudes de información que realicen  entes de control.    

14. Asistir y participar con  voz, pero sin voto en los diferentes comités que se desarrollen en la Empresa,  en los que sea invitado.    

15. Coordinar y desarrollar el  Comité Institucional de Coordinación de Control Interno de la Empresa, de  acuerdo con los protocolos establecidos.    

16. Presentar los informes y  temas que sean requeridos en el Comité de Auditoría y la Junta Directiva de  acuerdo con las normas vigentes.    

17. Participar en el marco de  sus competencias como evaluador y auditor interno, en la definición de los  procesos de la Empresa, en la gestión de los riesgos y la generación de  acuerdos de niveles de servicio cuando así se requiera.    

18. Apoyar el desarrollo y  sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional.    

19. Apoyar la formulación de  los planes estratégicos y operativos de la Empresa.    

20. Las demás que le  correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 5°. Dirección de Planeación. Son funciones de la Dirección de  Planeación:    

1. Dirigir y orientar la  gestión de planeación estratégica de la Empresa a través de la analítica de  datos, la gestión de procesos y la planeación y presupuesto.    

2. Asesorar a la Presidencia y  a las demás dependencias en la formulación, seguimiento y evaluación de  políticas, planes, programas y proyectos para el cumplimiento de las metas y  objetivos misionales de la Empresa.    

3. Definir, presentar y evaluar  el plan estratégico de la Empresa, de acuerdo con el Plan Nacional de  Desarrollo, y en coordinación con todas las dependencias.    

4. Definir las estrategias que  aseguren el cumplimiento del Plan Estratégico de la Empresa través de la  elaboración del plan de acción y el seguimiento a la gestión.    

5. Diseñar e implementar las  herramientas y mecanismos para el seguimiento y evaluación de los planes,  programas y proyectos institucionales, y la definición de indicadores de gestión.    

6. Diseñar e implementar la  metodología para la gestión de proyectos del Fondo Nacional del Ahorro.    

7. Diseñar y alinear el Plan  Estratégico de la Empresa con los recursos financieros en coordinación con la  Gerencia de Presupuesto.    

8. Definir y aplicar políticas  y estrategias para el diseño e implementación del sistema de gestión de calidad  de la Empresa, y velar por su permanente actualización.    

9. Dirigir y orientar estudios  para actualizar, mejorar y proponer modificaciones a la estructura interna de  la Empresa y contribuir al cumplimiento de sus objetivos.    

10. Diseñar y administrar el  gobierno de información de la Empresa para la obtención, generación,  presentación y análisis de datos para la mejora continua y la optimización en  los procesos.    

11. Definir y ejecutar los  procesos y métodos para realizar análisis de datos sobre los resultados y  operación de la Empresa (Inteligencia de Negocios) para optimizar el  rendimiento y mejorar el cumplimiento de los objetivos estratégicos.    

12. Analizar la información  estadística de la Empresa para generar modelos y proyecciones que faciliten la  toma de decisiones respecto a las líneas de negocio y los objetivos  estratégicos de la Empresa.    

13. Participar en la definición  de los procesos de la Empresa, en la gestión de los riesgos y la generación de  acuerdos de niveles de servicio cuando así se requiera.    

14. Apoyar el desarrollo y  sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional.    

15. Apoyar la formulación de  los planes estratégicos y operativos de la Empresa.    

16. Las demás que le  correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 6°. Dirección de Transparencia y Cumplimiento. Son funciones de la  Dirección de Transparencia y Cumplimiento:    

1. Dirigir y orientar el  cumplimiento por la Empresa, de las políticas públicas en materia de  transparencia y lucha contra la corrupción.    

2. Participar activamente en la  formulación del Plan Anticorrupción y Servicio al Ciudadano.    

3. Determinar los  procedimientos y metodologías que permitan identificar, medir, controlar y  monitorear los riesgos de fraude y corrupción en la Empresa.    

4. Establecer los mecanismos  para atender y verificar oportunamente las alarmas sobre fraudes que se  reporten por cualquier dependencia de la Empresa, en el desarrollo de sus  actividades o que se desprendan de los reportes e información que manejan.    

5. Dirigir y orientar la  implementación del Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y  de la Financiación del Terrorismo-SARLAFT y velar por el efectivo, eficiente y  oportuno funcionamiento de las etapas que lo conforman.    

6. Proponer y someter a la  aprobación de la Junta Directiva, los criterios objetivos para la determinación  de las operaciones sospechosas, así como aquellos para determinar cuáles de las  operaciones efectuadas por usuarios serán objeto de consolidación, monitoreo y  análisis de inusualidad.    

7. Hacer seguimiento a las  investigaciones, denuncias penales y procesos disciplinarios derivados de la  aplicación de la gestión de los riesgos de fraude.    

8. Participar en la definición  de los procesos, en la gestión de los riesgos y en la generación de acuerdos de  niveles de servicio de la Empresa cuando así se requiera.    

9. Apoyar el desarrollo y  sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional.    

10. Apoyar la formulación de  los planes estratégicos y operativos de la Empresa.    

11. Las demás inherentes a la  naturaleza de la dependencia.    

Artículo 7°. Secretaría General. Son funciones de la Secretaría General:    

1. Ejercer la secretaría técnica de la Junta Directiva del Fondo Nacional del Ahorro.    

2. Hacer seguimiento al  cumplimiento de las decisiones y acuerdos de la Junta Directiva y rendir los  informes que le sean solicitados.    

3. Coordinar las actividades  relacionadas con la implementación y operación del Gobierno Corporativo de la  Empresa, de acuerdo con las directrices y lineamientos que establezca la Junta  Directiva.    

4. Aprobar y dirigir las  políticas relacionadas con la contratación, en su etapa precontractual,  contractual, poscontractual, y de la supervisión de contratos y adquisición de  bienes y servicios de la Empresa, de acuerdo con la normatividad vigente en la  materia.    

5. Dirigir la programación,  elaboración y ejecución del plan anual de compras, de manera articulada con los  instrumentos de planeación y presupuesto.    

6. Dirigir y verificar el  funcionamiento de la prestación del servicio al ciudadano, de conformidad con  las normas vigentes.    

7. Recibir y tramitar las  peticiones, quejas y reclamos que los ciudadanos formulen por cualquier medio  en el Fondo Nacional del Ahorro, siguiendo los principios, términos y  procedimientos establecidos en la Constitución Política y las normas que  regulan la materia.    

8. Dirigir y coordinar el  ejercicio del control interno disciplinario en la Empresa.    

9. Llevar el control y registro  de los actos administrativos que expide el Fondo, y realizar la respectiva  publicación, comunicación o notificación.    

10. Coordinar con las áreas  pertinentes, la preparación y consolidación de las respuestas a las solicitudes  de información que realice la Superintendencia Financiera y los demás entes del  control.    

11. Participar en la definición  de los procesos de la Empresa, en la gestión de los riesgos y la generación de  acuerdos de niveles de servicio cuando así se requiera.    

12. Apoyar el desarrollo y  sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional.    

13. Apoyar la formulación de los planes estratégicos y operativos de la Empresa.    

14. Las demás que le  correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 8°. Vicepresidencia Empresarial. Son funciones de la  Vicepresidencia Empresarial:    

1. Dirigir la formulación e  implementación del plan estratégico de cada una de las Gerencias de la  Vicepresidencia, y hacer seguimiento a su cumplimiento.    

2. Orientar a las Gerencias a  su cargo para que logren cumplir con las metas, y presentar los respectivos  reportes de resultados a la Presidencia.    

3. Desarrollar investigaciones  y estudios para proponer e incentivar mejoras e innovación en productos,  servicios, modelos de mercadeo y forma de ventas.    

4. Diseñar y dirigir programas  para la promoción y mercadeo de productos y/o servicios dirigidos al  crecimiento de la participación de la Empresa en el mercado.    

5. Formular y aprobar el modelo  de servicio y atención de la Empresa, así como las políticas que permitan  fomentar y fortalecer al interior de la Empresa la cultura del servicio y  experiencia al cliente, de conformidad con los lineamientos establecidos por el  Sistema de Atención al Consumidor Financiero (SAC) y la normatividad vigente.    

6. Diseñar y ordenar  investigaciones y auditorías dirigidas a conocer y evaluar la satisfacción del  cliente en relación con los productos y la calidad del servicio.    

7. Dirigir y coordinar la atención  al consumidor financiero y la implementación de mejoras a la prestación del  servicio, en coordinación con las áreas involucradas, cuando así se requiera.    

8. Promover estrategias de acercamiento y generación de  confianza con los constructores para fortalecer la articulación entre la oferta  y demanda de vivienda, de manera que se facilite el acceso a la vivienda a los  clientes de la Empresa.    

9. Dirigir la interacción y articulación entre las Gerencias  Regionales y las dependencias del nivel central, para el cumplimiento de las  políticas, planes, programas, estrategias y proyectos establecidos por el  Fondo.    

10. Definir y dirigir, en  coordinación con la Gerencia de Gestión Humana, la capacitación permanente de  los colaboradores de la Vicepresidencia.    

11. Informar oportunamente a la  Vicepresidencia de Riesgos, de acuerdo con los procedimientos establecidos, la  identificación de riesgos operativos asociados a los procesos de la  dependencia.    

12. Informar oportunamente a la  Dirección de Transparencia y Cumplimiento, de acuerdo con los procedimientos  establecidos, situaciones que indiquen la posible comisión de un acto de  fraude, corrupción, o que genere riesgo por lavado de activos y financiación  del terrorismo.    

13. Responder por el  cumplimiento de la estrategia con las empresas, el despliegue de las propuestas  de valor y los casos para la acción bajo los lineamientos de la Presidencia.    

14. Responder por el  crecimiento rentable de afiliaciones y colocaciones a través de las empresas.    

15. Garantizar el cumplimiento  de las métricas propuestas para la gestión empresarial.    

16. Identificar nuevas  oportunidades de negocio con los clientes entendiendo a profundidad el  portafolio de productos.    

17. Establecer  alianzas-convenios con empresas que permitan aumentar la base de afiliados, la  colación de crédito y el recaudo de AVC.    

18. Identificar los segmentos  institucionales de mercado que generan la mayor oportunidad de ventas y  crecimiento para la Empresa de acuerdo con las características de la población  que atiende y los productos que ofrece.    

19. Diseñar y dirigir un  esquema de acompañamiento para que los responsables de los planes de bienestar  en las empresas objetivo conozcan y elijan los productos que ofrece la Empresa.    

20. Participar en la definición  de los procesos de la Empresa, en la gestión de los riesgos y la generación de  acuerdos de niveles de servicio cuando así se requiera.    

21. Apoyar el desarrollo y  sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional.    

22. Apoyar la formulación de  los planes estratégicos y operativos de la Empresa.    

23. Las demás que le  correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 9°. Vicepresidencia de Redes. Son funciones de la Vicepresidencia  de Redes:    

1. Asegurar el cumplimiento de  la estrategia comercial a través de las redes presenciales y no presenciales,  el despliegue de las propuestas de valor y los casos para la acción.    

2. Liderar el ejercicio de  estructuración de las metas comerciales en el marco del plan de negocios de la  Empresa, atendiendo las necesidades particulares de las estrategias a nivel de  los canales.    

3. Dirigir y controlar que las  regionales logren la productividad comercial, el cumplimiento de metas y  alcancen el nivel de profundización del mercado de acuerdo con el respectivo  plan estratégico de los canales.    

4. Verificar y hacer  seguimiento al presupuesto y la rentabilidad de los canales.    

5. Garantizar el cumplimiento  de las métricas propuestas para las redes: puntos de atención y canales  digitales.    

6. Velar por el crecimiento  rentable de las captaciones y colocaciones a través de las redes.    

7. Coordinar constantemente con  las áreas de operaciones/transformación digital para asegurar Market Fit de los  productos (crédito, leasing, AVC y posibles nuevos productos).    

8. Identificar nuevas  oportunidades, a través de las redes, con los clientes entendiendo a  profundidad el portafolio de productos.    

9. Dirigir, coordinar y  controlar la gestión de las Gerencias Regionales Definir y medir los  indicadores de gestión.    

10. Coordinar y ejecutar las  estrategias para la fidelización de clientes.    

11. Definir y dirigir, en  coordinación con la Gerencia de Gestión Humana, la capacitación sobre  estrategias comerciales, servicio al cliente, y los productos y servicios  ofrecidos por la Empresa, a los colaboradores que la requieran.    

12. Informar oportunamente a la  Vicepresidencia de Riesgos, de acuerdo con los procedimientos establecidos, la  identificación de riesgos operativos asociados a los procesos de la  dependencia.    

13. Informar oportunamente a la  Dirección de Transparencia y Cumplimiento, de acuerdo con los procedimientos  establecidos, situaciones que indiquen la posible comisión de un acto de  fraude, corrupción, o que genere riesgo por lavado de activos y financiación  del terrorismo.    

14. Participar en la definición  de los procesos de la Empresa, en la gestión de los riesgos y la generación de  acuerdos de niveles de servicio cuando así se requiera.    

15. Apoyar el desarrollo y  sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional.    

16. Apoyar la formulación de  los planes estratégicos y operativos de la Empresa.    

17. Las demás que le  correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 10. Vicepresidencia de  Crédito. Son funciones de la Vicepresidencia de Crédito:    

1. Formular y dirigir las  políticas institucionales y estrategias para la administración eficiente de los  productos de crédito del Fondo Nacional del Ahorro.    

2. Desarrollar y orientar la  implementación de planes y programas para el otorgamiento, colocación de y  renovación de los productos de crédito de la Empresa.    

3. Desarrollar y ejecutar  metodologías para el análisis del comportamiento crediticio, la capacidad de  pago, así como los requisitos para la presentación de los créditos y su  aprobación.    

4. Asegurar que el proceso de  crédito tenga los controles necesarios para que cumpla con las políticas y  procedimientos requeridos por los entes de control y definidos por la entidad,  y se mitiguen los diferentes riesgos asociados en el proceso de evaluación.    

5. Desarrollar e implementar  los procesos para la incorporación de nuevos productos de crédito y el cierre  de aquellos que se eliminen del portafolio de servicios de la Empresa.    

6. Definir y controlar con las  áreas involucradas en el proceso de crédito, los tiempos y acciones necesarias  para garantizar el cumplimiento de los indicadores de gestión de crédito de la  Empresa.    

7. Informar oportunamente a la  Vicepresidencia de Riesgos, de acuerdo con los procedimientos establecidos, la  identificación de riesgos operativos asociados al proceso de crédito.    

8. Informar oportunamente a la  Dirección de Transparencia y Cumplimiento, de acuerdo con los procedimientos  establecidos, situaciones que indiquen la posible comisión de un acto de  fraude, corrupción, o que genere riesgo por lavado de activos y financiación  del terrorismo.    

9. Participar en la definición  de los procesos de la Empresa, en la gestión de los riesgos y la generación de  acuerdos de niveles de servicio cuando así se requiera.    

10. Apoyar el desarrollo y  sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional.    

11. Apoyar la formulación de  los planes estratégicos y operativos de la Empresa.    

12. Las demás que le  correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 11. Vicepresidencia de  Operaciones. Son funciones de la Vicepresidencia de Operaciones:    

1. Formular y dirigir las  estrategias y planes operativos que garanticen la adecuada administración de  los productos y servicios de la Empresa, y el cumplimiento de la promesa al  consumidor financiero en calidad y tiempo.    

2. Diseñar y proponer el  proceso para la adecuada administración de la cartera de créditos de la  Empresa, desde la legalización hasta su cancelación, direccionándolo a la  instancia pertinente en caso de mora; de acuerdo con los procedimientos  establecidos.    

3. Diseñar y dirigir el proceso  de legalización y desembolso de los créditos, así como la resciliación de  hipotecas de trámites no desembolsados.    

4. Formular las políticas,  planes, estrategias relacionadas con la administración y venta de los bienes  recibidos en dación en pago y restituidos a la Empresa.    

5. Diseñar y dirigir los  procesos para la realización de las operaciones de cobranza adecuadas para la  recuperación de la cartera vigente y castigada de la Empresa.    

6. Formular y dirigir las  estrategias y programas de recuperación de cartera, su formalización y  divulgación entre los afiliados con cartera al día, morosa y jurídica, y al  público en general, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.    

7. Diseñar e implementar el  proceso de selección de las casas de cobro que realicen la gestión de cobranzas  de la Empresa, así como el de supervisión y control a la ejecución de los  contratos celebrados con las mismas.    

8. Diseñar políticas y  lineamientos para garantizar un adecuado manejo del inventario de los bienes  recibidos en dación de pago y restituidos.    

9. Verificar la adecuada  administración y custodia de las garantías que respaldan la cartera de créditos  de la Empresa.    

10. Diseñar y dirigir el  proceso de administración de inmuebles entregados en leasing por la Empresa,  así como hacer seguimiento al pago de impuestos y demás emolumentos a cargo de  los locatarios.    

11. Dirigir la gestión del  recaudo, administración y pagos de los productos de cesantías y ahorro  voluntario contractual, y establecer los mecanismos para realizar el control de  los estados individuales de cuentas de los afiliados.    

12. Diseñar y dirigir los procesos operativos que aseguren la  correcta operación de la Empresa a nivel nacional, de manera que, en todos los  trámites asociados a los productos y servicios ofrecidos, se garantice el  cumplimiento de los respectivos requisitos.    

13. Diseñar y proponer estrategias y herramientas de apoyo y  racionalización de los procesos operativos de la Empresa, dirigidas a mejorar  la eficiencia de los mismos.    

14. Definir y hacer seguimiento  a los indicadores de calidad, tiempo y eficiencia de los procesos operativos en  cabeza de la dependencia.    

15. Velar por la identificación  y minimización de riesgos operativos asociados a los procesos en cabeza de la  dependencia, así como por el reporte oportuno de los mismos a la  Vicepresidencia de Riesgos.    

16. Velar por la identificación  de situaciones que indiquen la posible comisión de un acto de fraude,  corrupción o que genere riesgo por lavado de activos y financiación del  terrorismo propendiendo por el reporte oportuno a la Dirección de Transparencia  y Cumplimiento.    

17. Realizar la administración  operativa del portafolio de inversiones y ejecutar las operaciones de tesorería  de acuerdo a las instrucciones de la Gerencia de Tesorería.    

18. Orientar las respuestas a  los requerimientos de los organismos de control y verificar que se ejecuten las  transmisiones de información que debe reportarse, de conformidad con la  normatividad vigente.    

19. Participar en la definición  de los procesos de la Empresa, en la gestión de los riesgos y la generación de  acuerdos de niveles de servicio cuando así se requiera.    

20. Apoyar la formulación de los  planes estratégicos y operativos de la Empresa.    

21. Apoyar el desarrollo y  sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional.    

22. Las demás que le  correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 12. Vicepresidencia Jurídica.  Son funciones de la Vicepresidencia Jurídica:    

1. Formular y dirigir las  políticas, planes y estrategias relacionadas con la gestión jurídica necesaria  para el cumplimiento de los objetivos misionales de la Empresa.    

2. Asesorar a la Presidencia y  a las demás dependencias de la Empresa en los asuntos de orden jurídico y en la  interpretación de las normas constitucionales y legales.    

3. Ejercer la representación  judicial y extrajudicial de la Empresa de conformidad con los mandatos que  emita la Presidencia y coordinar el control y vigilancia de los respectivos  procesos.    

4. Proyectar y revisar, los  actos administrativos que deban someterse a la aprobación de la Junta Directiva  o de la Presidencia para el cumplimiento de las funciones de la Empresa.    

5. Atender las peticiones y  consultas relacionadas con asuntos de competencia de la Empresa y emitir los  conceptos jurídicos que se requieran.    

6. Revisar y conceptuar  jurídicamente sobre peticiones de los afiliados para cancelación pacto de  retroventa, levantamiento de patrimonio y afectación a vivienda familiar que le  sean remitidos por las diferentes áreas de la Empresa.    

7. Elaborar el concepto  jurídico del trámite de retiro de cesantías y AVC por fallecimiento del  afiliado, una vez realizadas las verificaciones jurídicas correspondientes.    

8. Dirigir la recopilación,  actualización y divulgación de la normatividad relacionada con el Fondo  Nacional del Ahorro.    

9. Ejercer la representación  judicial y extrajudicial de la Empresa en los procesos y actuaciones que se  instauren en su contra o que este deba promover, y supervisar el trámite de los  mismos; mediante poder o delegación recibidos del Presidente.    

10. Proponer la contratación de  asesores externos, cuando lo estime necesario, y coordinar y hacer seguimiento  al desarrollo de sus labores.    

11. Orientar la política de  prevención del daño antijurídico de la Empresa y ejercer la secretaría técnica  del Comité de Conciliación, de conformidad con las normas que regulan la  materia.    

12. Revisar los proyectos de  respuesta a los órganos de control y vigilancia, cuando la Presidencia lo  estime pertinente.    

13. Participar en la definición  de los procesos de la Empresa, en la gestión de los riesgos y la generación de  acuerdos de niveles de servicio cuando así se requiera.    

14. Apoyar el desarrollo y  sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional.    

15. Apoyar la formulación de  los planes estratégicos y operativos de la Empresa.    

16. Las demás que le  correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 13. Vicepresidencia  Financiera. Son funciones de la Vicepresidencia Financiera:    

1. Dirigir la ejecución de las políticas  y las actividades relacionadas con los procesos contables, de tesorería,  presupuesto y de administración financiera de la Empresa.    

2. Dirigir y validar la  elaboración del Plan Financiero de la Empresa y su articulación con el Plan  Estratégico, para garantizar que la misión y los objetivos institucionales se  cumplan adecuada y-oportunamente.    

3. Dirigir y validar los  estudios de análisis de equilibrio financiero de la Empresa, verificando la  correspondencia entre la proyección de estados financieros y los presupuestos  aprobados por la Junta Directiva para cada vigencia.    

4. Orientar el diseño y  realización de los estudios para determinar la viabilidad financiera de los  productos y servicios de la Empresa.    

5. Elaborar informes y análisis  que soporten la toma de decisiones por los órganos de dirección y  administración de la Empresa, respecto a la adquisición de bienes, la  realización de inversiones y la prestación de servicios, conceptuando sobre su  viabilidad financiera.    

6. Definir y verificar los  mecanismos de seguimiento y control de las operaciones financieras de la  Empresa.    

7. Diseñar los lineamientos del  Proyecto de Presupuesto Anual de acuerdo a las políticas fijadas por los  órganos de dirección y administración de la Empresa.    

8. Dirigir y coordinar la  preparación del Proyecto Anual de Presupuesto de la Empresa, teniendo en cuenta  el plan anual de compras de la Empresa y la normatividad vigente.    

9. Definir y verificar los  mecanismos de seguimiento y control de elaboración del presupuesto y ejecución  presupuestal de la Empresa.    

10. Diseñar y aprobar los  lineamientos para garantizar la seguridad de los recursos de la Empresa  depositados en el sector financiero, a través del seguimiento de los  respectivos contratos o convenios.    

11. Diseñar y proponer la  celebración de convenios con entidades públicas o privadas del sector  financiero, para el recaudo de cartera, el manejo del portafolio de  inversiones, y demás actividades requeridas para la administración del  portafolio de inversiones de la Empresa.    

12. Definir los aspectos  técnicos y operativos que deban cumplir las entidades para la celebración de  convenios y contratos para el recaudo, inversión y pago de los recursos a cargo  de la Empresa.    

13. Diseñar y proponer para  aprobación las políticas y estrategias para el manejo del portafolio de  inversiones de la Empresa.    

14. Realizar seguimiento y  control de las actividades producto de la compra y venta de los títulos que  componen el portafolio de inversiones de la Empresa.    

15. Dirigir y validar el Plan  Contable de la Empresa de conformidad con las disposiciones legales vigentes  respondiendo por los informes ante la Presidencia y los organismos de control y  vigilancia del Estado.    

16. Dirigir el análisis y  preparación de la información respecto de la gestión financiera de activos,  pasivos y estado de resultados.    

17. Verificar el cumplimiento  oportuno del pago de las obligaciones tributarias y las demás que por su  carácter financiero realiza la Empresa, así como de la presentación de los  respectivos reportes de información.    

18. Definir y verificar los  mecanismos de seguimiento y control de las operaciones del proceso contable  para la elaboración de los estados financieros.    

19. Participar en la definición  de los procesos de la Empresa, en la gestión de los riesgos y la generación de  acuerdos de niveles de servicio cuando así se requiera.    

20. Apoyar el desarrollo y  sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional.    

21. Apoyar la formulación de  los planes estratégicos y operativos de la Empresa.    

22. Las demás que le  correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 14. Vicepresidencia de  Riesgos. Son funciones de la Vicepresidencia de Riesgos:    

1. Dirigir, coordinar y hacer  seguimiento, con las dependencias, a la implementación y administración  integral de los Sistemas de Gestión de Riesgos que requiere la Empresa, para  funcionamiento y el cumplimiento de sus objetivos misionales.    

2. Formular, dirigir, aprobar y  hacer seguimiento a las políticas y procesos para identificar, mitigar y  administrar efectivamente los riesgos y las vulnerabilidades que puedan  amenazar la seguridad de la Empresa.    

3. Formular, dirigir y aprobar  las políticas y procesos para el tratamiento interno y externo de la prevención  del riesgo financiero, operativo y de seguridad de la información asociados a  la actividad de la Empresa.    

4. Dirigir y aprobar las  políticas y procesos de seguridad, integridad y transparencia de los recursos  físicos, humanos y tecnológicos y hacer el respectivo seguimiento.    

5. Definir estrategias para el  monitoreo, seguimiento y control de la operación que permitan generar alertas  en caso de incumplimiento de la política, objetivos y procedimientos definidos  para los procesos.    

6. Definir y aprobar las  políticas de seguridad de información, que deben observar los usuarios en el  uso de los sistemas de la Empresa.    

7. Diseñar y orientar las  estrategias que permitan fomentar y fortalecer al interior de la Empresa, una  cultura de administración del riesgo.    

8. Verificar el cumplimiento de los límites globales y  específicos establecidos por la Junta Directiva, así como los niveles de  exposición aceptables por tipo de riesgo.    

9. Establecer metodologías para identificar, medir, controlar y  monitorear los diferentes tipos de riesgos de la Empresa en desarrollo de su  objeto legal.    

10. Presentar al Comité de  Riesgos y a la Junta Directiva, las propuestas de políticas de administración  de riesgos, de metodologías de evaluación y control, de límites de exposición  por tipo de riesgo y alertas e incumplimientos sobre políticas y límites.    

11. Participar en la definición  de los procesos, en la gestión de los riesgos y en la generación de acuerdos de  niveles de servicio de la Empresa cuando así se requiera.    

12. Apoyar el desarrollo y  sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional.    

13. Apoyar la formulación de  los planes estratégicos y operativos de la Empresa.    

14. Las demás inherentes a la  naturaleza de la dependencia.    

Artículo 15. Vicepresidencia de  Tecnología y Transformación Digital. Son funciones de la Vicepresidencia de  Tecnología y Transformación Digital:    

1. Dirigir, coordinar y hacer  seguimiento, con las dependencias, a la implementación y administración  integral de los Sistemas de Gestión de Riesgos que requiere la Empresa, para  funcionamiento y el cumplimiento de sus objetivos misionales.    

2. Dirigir y orientar la  gestión tecnológica de la Empresa a través de la definición de un modelo  operativo de procesos y servicios de TI, así como de la organización y  herramientas de gestión que integre los sistemas de información, la  infraestructura, la estrategia de TI y el aseguramiento informático.    

3. Formular lineamientos,  definir políticas, estrategias y mejores prácticas para la selección,  aprovechamiento y gestión de las tecnologías, servicios de información y  comunicación que sean requeridos para la operación y fortalecimiento del  soporte tecnológico de los procesos de la Empresa.    

4. Dirigir y gestionar la  demanda de servicios de TI, asegurar la implementación de mejoras y nuevos  desarrollos en los existentes, con criterio de costo efectividad, conveniencia  y valor para la Empresa.    

5. Dirigir y orientar los  procesos de adquisición de bienes y servicios de tecnología y hacer seguimiento  a la ejecución de los recursos financieros de inversión, soporte y  mantenimiento, de los servicios de TI y la infraestructura tecnológica de la  Empresa.    

6. Desarrollar y orientar los  servicios y procesos de seguridad informática para proteger los recursos  tecnológicos y asegurar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los  activos informáticos que soportan los procesos de la Empresa, de acuerdo con  las políticas y directrices establecidas por la Vicepresidencia de Riesgos en  el Modelo de Seguridad y Privacidad de la Información de la Empresa.    

7. Liderar la implementación de  la política de Gobierno Digital para el cumplimiento de los objetivos  misionales, de manera articulada y coordinada con el Modelo Integrado de Planeación  y Gestión de la Empresa.    

8. Estructurar y proponer  estrategias y alianzas que faciliten la coordinación y articulación de la  Empresa con entidades públicas y privadas en materia de integración e  interoperabilidad de información y servicios de TI, creando sinergias y  optimizando los recursos para mejorar la prestación de los servicios misionales  del Fondo Nacional del Ahorro.    

9. Formular y proponer a la  Presidencia, la estrategia de transformación digital del Fondo Nacional del  Ahorro, de acuerdo con la estrategia del negocio y las políticas nacionales y  sectoriales sobre la materia.    

10. Implementar y desarrollar  las iniciativas para la transformación digital enmarcadas en la estrategia  definida por la Empresa, bajo metodologías ágiles, con enfoque en la  experiencia del cliente y del usuario y la eficiencia organizacional.    

11. Liderar la divulgación de  la estrategia de transformación digital de la Empresa.    

12. Adelantar los procesos de  adquisición de bienes y servicios de tecnología y hacer seguimiento a la  ejecución de los recursos financieros de inversión, soporte y mantenimiento, de  los servicios de consultoría estratégica y operacional para la gestión  tecnológica de la Empresa.    

13. Asesorar a las dependencias  de la Empresa en la definición de políticas, procesos, procedimientos  estándares relacionados con las tecnologías de la información.    

14. Participar en la definición  de los procesos de la Empresa, en la gestión de los riesgos y la generación de  acuerdos de niveles de servicio cuando así se requiera.    

15. Apoyar el desarrollo y  sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional.    

16. Apoyar la formulación de  los planes estratégicos y operativos de la Empresa.    

17. Las demás que le  correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 16. Vicepresidencia de  Gestión Humana y Administrativa. Son funciones de la Vicepresidencia de Gestión  Humana y Administrativa:    

1. Formular, ejecutar y evaluar  las políticas, planes, programas y proyectos relacionados con la gestión  administrativa, de seguros y la gestión del talento humano de la Empresa, de  acuerdo con la normatividad vigente.    

2. Implementar la política de  empleo público e impartir los lineamientos para la administración del talento  humano de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes.    

3. Definir y controlar el  cumplimiento de las políticas institucionales para la selección, el desarrollo  del talento humano, la capacitación y entrenamiento, la gestión del desempeño,  la seguridad y salud en el trabajo y el bienestar social, acorde con los  objetivos, metas y necesidades de la Empresa.    

4. Dirigir, coordinar,  controlar y evaluar las actividades relacionadas con la adquisición,  almacenamiento, custodia, distribución e inventario de bienes muebles e  inmuebles e insumos necesarios para el funcionamiento de la Empresa, velando  especialmente porque se cumplan las normas vigentes sobre estas materias.    

5. Diseñar políticas y  lineamientos para garantizar una adecuada gestión documental en el FNA,  garantizando los procesos de conservación, organización, inventario, servicio y  control de la documentación de la Empresa.    

6. Dirigir y coordinar con las  áreas responsables, las actividades requeridas para la apertura, cierre,  traslado y adecuaciones locativas de las instalaciones físicas de las  dependencias regionales o puntos de atención.    

7. Diseñar y presentar a la  Presidencia el programa de seguros de productos, bienes y personas, en cuanto a  sus coberturas, tasas, vigencias, condiciones generales y particulares, así  como realizar la supervisión y seguimiento de los corredores de seguros de la  Empresa, verificando el cumplimiento de las coberturas y el manejo de los  siniestros desde el reporte hasta el cierre.    

8. Orientar y coordinar los  estudios para el trámite de modificaciones de la planta de personal de  empleados públicos y trabajadores oficiales de la Empresa.    

9. Impartir lineamientos para  mantener actualizado el manual de funciones y competencias laborales de la  Empresa.    

10. Participar en la definición  de los procesos de la Empresa, en la gestión de los riesgos y la generación de  acuerdos de niveles de servicio cuando así se requiera.    

11. Apoyar el desarrollo y  sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional.    

12. Apoyar la formulación de  los planes estratégicos y operativos de la Empresa.    

13. Las Demás que le  correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia    

Artículo 17. Gerencias  nacionales, gerencias regionales y puntos de atención. La Junta Directiva del  FNA, para el desarrollo del objeto social y teniendo en cuenta las necesidades  del servicio y la viabilidad presupuestal, podrá crear gerencias nacionales,  gerencias regionales y puntos de atención.    

Artículo 18. Vigencia y  derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y  deroga el Decreto 3164 de 2007,  así como las demás disposiciones que le sean contrarias.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 28 de  enero de 2022.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

El Ministro de Hacienda y Crédito  Público,    

José Manuel Restrepo Abondano.    

El Director del Departamento  Administrativo de la Función Pública,    

Nerio José Alvis Barranco.    

               

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