DECRETO 154 DE 2020
(febrero 5)
D.O. 51.218, febrero 5 de 2020
por el cual se revoca la suspensión provisional impuesta al gobernador encargado de terna del departamento de La Guajira, en cumplimiento de una decisión de la Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en particular las conferidas por los artículos 304 de la Constitución Política y 66 de la Ley 4ª de 1913, y
CONSIDERANDO:
Que el señor Wilbert José Hernández Sierra, identificado con la cédula de ciudadanía número 84.075.188, fue designado mediante Decreto 924 del 30 mayo de 2019 como gobernador encargado del departamento de La Guajira, teniendo en cuenta que el gobernador electo fue condenado penalmente por la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia, mediante Sentencia número SEP00050-2018, Radicado 50103 del 13 de noviembre de 2018, a 120 meses y 15 días de prisión y 999,98 salarios mínimos legales mensuales vigentes y en la misma providencia, se impartió orden de captura para cumplir la pena impuesta;
Que mediante oficio del 26 de julio de 2019, radicado en el Ministerio del Interior con el EXTMI19-30891 de la misma fecha, la Secretaria de la Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal, allegó copia del auto del 26 de julio del año anterior, proferido dentro del Radicado IUS E -2019-425848, mediante el cual se ordenó la apertura de investigación disciplinaria y la suspensión provisional por el término de tres (3) meses, al señor Wilbert José Hernández Sierra, en su calidad de gobernador (e) del departamento de La Guajira, y el mismo auto ordenó comunicar la citada providencia al Presidente de la República, para el cumplimiento inmediato de la mencionada medida;
Que a través del Decreto número 1553 del 29 de agosto de 2019, se suspendió por el término de tres (3) meses al señor Wilbert José Hernández Sierra, en su calidad de gobernador (e) del departamento de La Guajira en cumplimiento a lo ordenado por la Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal y se encargó como gobernador al doctor Jhon Eduardo Fuentes Medina, Secretario de Despacho de la Secretaría de Gobierno y Participación Comunitaria, mientras se designaba gobernador de la terna que presentara la coalición conformada por el Partido Social de Unidad – Partido de la “U” y Partido Conservador Colombiano;
Que mediante oficio del 24 de octubre de 2019, radicado en el Ministerio del Interior con el EXTMI19-45307 de la misma fecha, la Procuradora Segunda Delegada para la Contratación Estatal, allegó copia del auto del 24 de octubre de 2019, proferido dentro del Radicado IUS E -2019-425848, a través del cual ordenó prorrogar, por el término de tres (3) meses, la suspensión provisional ordenada mediante auto del 26 de julio de 2019, contra Wilbert José Hernández Sierra, en su calidad de gobernador (e) del departamento de La Guajira;
Que en cumplimiento de la anterior decisión el Gobierno nacional, a través del Decreto número 2088 del 19 de noviembre de 2019, prorrogó por el término de tres (3) meses la suspensión provisional del señor Wilbert José Hernández Sierra, en su calidad de gobernador (e) del departamento de La Guajira y así mismo, prorrogó el encargo del doctor Jhon Eduardo Fuentes Medina, Secretario de Gobierno y Participación Comunitaria de la gobernación de La Guajira;
Que a través del oficio del 31 de diciembre de 2019, radicado en el Ministerio del Interior con el EXTMI19- 54351 de la misma fecha, la Procuradora Segunda Delegada para la Contratación Estatal, allegó copia del auto del 31 de diciembre de 2019, proferido dentro del Radicado IUS E -2019-425848, mediante el cual revocó la medida de suspensión provisional ordenada contra Wilbert José Hernández Sierra, en su condición de gobernador (e) del departamento de La Guajira, “toda vez que el señor Hernández Sierra a partir del 1° de enero de 2020, no ejerce como primera autoridad del departamento, ante el inicio del período constitucional de la persona que resultó elegida en los comicios que se surtieron el pasado 27 de octubre de 2019”;
Que conforme a lo antes expuesto, se hace necesario revocar la medida de suspensión provisional ordenada contra Wilbert José Hernández Sierra, en su condición de gobernador (e) del Departamento de La Guajira, en cumplimiento al auto del 31 de diciembre de 2019, proferido dentro del proceso Radicado IUS E -2019-425848;
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Revocatoria de la suspensión provisional. Revocar la medida de suspensión provisional en el ejercicio del cargo de Gobernador (e) del departamento de La Guajira, impuesta al señor Wilbert José Hernández Sierra, identificado con la cédula de ciudadanía número 84075188, en cumplimiento de lo ordenado por la Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal mediante el auto del 31 de diciembre de 2019, proferido dentro del Radicado IUS E-2019-425848, de conformidad con lo señalado en la parte motiva de este decreto.
Artículo 2°. Comunicación. Comunicar, por intermedio del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto al señor Wilbert José Hernández Sierra, a la gobernación de La Guajira y a la Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal.
Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de su expedición y contra él no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo 75 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 5 de febrero de 2020.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
La Ministra del Interior,
Nancy Patricia Gutiérrez Castañeda.