DECRETO 1539 DE 2020
(noviembre 24)
D.O. 51.508, noviembre 24 de 2020
por el cual se designan los miembros y suplentes de la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales legales, en especial las que le confiere el artículo 225 de la Constitución Política y la Ley 68 de 1993, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 225 de la Constitución Política de Colombia consagra que la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores es un cuerpo consultivo del Presidente de la República.
Que el artículo 1° de la Ley 68 de 1993 “por la cual se reorganiza la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores y se reglamenta el artículo 225 de la Constitución Política de Colombia”, establece que la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores estará integrada por los ex Presidentes de la República elegidos por voto popular, seis (6) miembros elegidos por el Congreso de la República y dos (2) miembros designados por el Presidente de la República. Los miembros elegidos por el Congreso de la República y los designados por el Presidente de la República tendrán su respectivo suplente.
En consecuencia, se hace necesario que el Presidente de la República designe los miembros y suplentes que integrarán la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Designación. Desígnese a la doctora Marta Noemí del Espíritu Santo Sanín Posada, identificada con cédula de ciudadanía número 41446916 como miembro integrante de la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores y como su suplente al doctor Fernando Cépeda Ulloa, identificado con cédula de ciudadanía número 2932770.
Artículo 2°. Designación. Desígnese al doctor Alfonso Gómez Méndez identificado con cédula de ciudadanía número 19081288, como miembro integrante de la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores y como su suplente a la doctora María Consuelo Araújo Castro, identificada con cédula de ciudadanía número 39786485.
Artículo 3°. Comunicación. Corresponde a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente Decreto.
Artículo 4°. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 24 de noviembre de 2020.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
La Ministra de Relaciones Exteriores,
Claudia Blum.