DECRETO 1537 DE 2021

Decretos 2021

DECRETO  1537 DE 2021    

(noviembre 26)    

D.O. 51.870, noviembre 26 de  2021    

por el cual se da por terminado  un encargo y se hace un nombramiento.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales en  especial las conferidas en el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política de  Colombia y el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015  y,    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Decreto  1194 del 30 de septiembre de 2021, se encargó a partir del 10 de octubre de  2021, del empleo de Superintendente de Sociedades, Código 0030, Grado 25, al  doctor Andrés Bernardo Barreto González identificado con la Cédula de  ciudadanía número 80.084.321 de Bogotá, quien desempeña actualmente el empleo  de Superintendente, Código 0030, Grado 25 de la Superintendencia de Industria y  Comercio.    

Que se hace necesario dar por  terminado el encargo del doctor Andrés Bernardo Barreto González y nombrar al  doctor Billy Raúl Antonio Escobar Pérez identificado con la Cédula de  ciudadanía número 19.467.764 de Bogotá, como titular del empleo de Superintendente,  Código 0030, Grado 25, de la Superintendencia de Sociedades.    

Que, en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Terminación de  encargo. Dar por terminado el encargo del empleo de Superintendente, Código  0030, Grado 25, de la Superintendencia de Sociedades, al doctor Andrés Bernardo  Barreto González identificado con la Cédula de ciudadanía número 80.084.321 de  Bogotá, Superintendente, Código 0030, Grado 25 de la Superintendencia de  Industria y Comercio ·    

Artículo 2°. Nombramiento. Nombrar  a partir de la fecha al doctor Billy Raúl Antonio Escobar Pérez identificado  con la Cédula de ciudadanía No. 19.467.764 de Bogotá, en el empleo de  Superintendente, Código 0030, Grado 25, de la Superintendencia de Sociedades.    

Artículo 3°. Comunicación.  Comunicar a los doctores Andrés Bernardo Barreto González y Billy Raúl Antonio  Escobar Pérez, el contenido del presente decreto, a través de la Secretaría  General del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.    

Artículo 4. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Comuníquese y Cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 26 de  noviembre de 2021.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.    

La Ministra de Comercio,  Industria y Turismo,    

María Ximena Lambona Villalba.    

               

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