DECRETO 1522 DE 2022
(agosto 4)
D.O. 52.116, agosto 4 de 2022
por el cual se confiere la condecoración “Cruz al Mérito Policial” a un personal de la Policía Nacional.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que confiere el artículo 5° del Decreto 2806 de 1979 y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 2806 de 1979, el Gobierno Nacional creó la Condecoración “Cruz al Mérito Policial”, para exaltar los méritos de quienes se han distinguido en el servicio a la patria y a la sociedad, sobresaliendo por su abnegación, constancia y decisión en la lucha contra el delito.
Que mediante Acta número 028 ADEHU-GREPO 2.25 de fecha 21 de junio de dos mil veintidós (2022) “Que trata de la sesión extraordinaria del consejo para el otorgamiento de la condecoración “Cruz al Mérito Policial” se aprobó conferir la distinción a un personal de la Policía Nacional de Colombia quienes reúnen los requisitos exigidos en los artículos 1 y 4 de la norma citada.
Que los funcionarios relacionados a continuación, se han destacado por su profesionalismo, consagración al servicio, liderazgo, abnegación en las actividades y funciones que ostentan, permitiendo alcanzar resultados exitosos dejando en alto la imagen institucional, acto que es digno de reconocer y exaltar.
DECRETA:
Artículo 1°. Condecoración. Confiérase la Condecoración “Cruz al Mérito Policial” a un personal de la Policía Nacional, en la categoría que se indica de conformidad con los artículos 1 y 4 del Decreto 2806 de 1979, así:
SEXTA VEZ
1.
TC.
CRUZ SILVA JESÚS EDUARDO
12198011
CUARTA VEZ
1.
CR.
PARDO PANQUEVA IBAN MAURICIO
79846966
SEGUNDA VEZ
1.
MY
ORTIZ ORTIZ CÉSAR AUGUSTO
1019005131
2.
CT.
UMAÑA PALOMINO ÁNGEL DAMIÁN
1096483352
PRIMERA VEZ
1.
TC.
SÁNCHEZ SANDOVAL EDDY JAVIER
4264249
2.
MY
ACOSTA GÁLVEZ ANDRÉS FELIPE
14797590
3.
MY
SALAMANCA SABOGAL HÉCTOR ANDRÉS
80808513
4.
IJ.
MORENO PINILLA SERGIO ALEXANDER
94502901
5.
IT.
TONGUINO DELGADO DIOFRE ELIO
12747602
6.
IT.
CANO PÉREZ JORGE ANDRÉS
9737261
7.
PT.
RIVAS QUIÑONES CRISTIAN DAVID
1116439561
8.
PT.
CRUZ LOZANO DIANA KATHERINE
1116252804
9.
PT.
VILLALOBOS GAITÁN FREDDY
1070620242
Artículo 2°. Imposición. La condecoración a la que se refiere el artículo anterior, será impuesta en ceremonia especial, de conformidad con el Reglamento de Ceremonial y Protocolo Policial.
Artículo 3°. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 4 de agosto de 2022.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
El Ministro de Defensa Nacional,
Diego Andrés Molano Aponte.