DECRETO 1521 DE 2020

Decretos 2020

DECRETO 1521 DE 2020     

(noviembre 23)    

D.O. 51.507, noviembre 23 de  2020    

por el cual se hace un traslado a la planta interna del  Ministerio de Relaciones Exteriores.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades  constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 2 del  artículo 189 de la Constitución Política,  artículos 35 al 40, y el artículo 62 del Decreto ley 274 de  2000, y    

CONSIDERANDO:    

Que,  el literal b) del artículo 39 del Decreto ley 274 de  2000, señala que cumplido por el funcionario el término correspondiente a  cada lapso la Dirección de Talento Humano o la dependencia que hiciere sus  veces, coordinará las gestiones administrativas para disponer el desplazamiento  del funcionario en legal forma.    

Que  en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo  1º. Traslado. Trasladase a la planta interna al señor Víctor Manuel Gómez  Rojas, identificado con cédula de ciudadanía número 1113627752, al cargo de  Segundo Secretario de Relaciones Exteriores, Código 2114, Grado 15, de la  planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores.    

Parágrafo  1º. El señor Víctor Manuel Gómez Rojas es funcionario inscrito en el escalafón  de la Carrera Diplomática y Consular, en la categoría de Segundo Secretario.    

Parágrafo  2º. El término para el desplazamiento previsto en el parágrafo 1º del artículo  39 del Decreto ley 274 de  2000, una vez comunicado el presente decreto, podrá ser prorrogado en los  casos en que el país de destino no otorgue las condiciones necesarias para que  pueda darse el desplazamiento con ocasión de la pandemia del nuevo Coronavirus  COVID-19.    

Artículo  2º. Erogaciones. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente  decreto, se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones  Exteriores y su Fondo Rotatorio.    

Artículo  3º. Comunicación. Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del Ministerio  de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos  que establezca la norma.    

Artículo  4º. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado  en Bogotá, D. C., a 23 de noviembre de 2020.    

IVÁN  DUQUE MÁRQUEZ.    

La  Ministra de Relaciones Exteriores,    

Claudia  Blum.    

               

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