DECRETO 1504 DE 2022
(agosto 3)
D.O. 52.115, agosto 3 de 2022
por el cual se confiere la condecoración “Orden de Boyacá” a un personal de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 11 del Decreto 2396 de 1954, modificado por el Decreto 3273 de 1980, y
CONSIDERANDO:
Que la “Orden de Boyacá” fue creada por el Libertador para premiar los esfuerzos y sacrificios de los próceres y restablecida con ocasión del primer centenario de la batalla que selló la Independencia de Colombia, es galardón valiosísimo que se otorga al personal de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional seleccionados por sus servicios a la Patria.
Que el Decreto 2396 de 1954, modificado por el Decreto 3273 de 1980, dispone que la Orden de Boyacá podrá concederse, entre otros, en los grados de “Comendador” y “Caballero”.
Que el personal de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional que se relaciona en el presente Decreto, se han distinguido por méritos y abnegados servicios prestados a la Patria.
Que corresponde al Gobierno nacional premiar a quienes con desprendimiento de sus intereses, se consagran al servicio de la Nación.
DECRETA:
Artículo 1°. Condecoración. Confiérase la condecoración “Orden de Boyacá”, en los Grados “Comendador” y “Caballero”, al personal de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional que se relacionan a continuación, de conformidad con la parte considerativa del presente acto administrativo, así:
GRAN CRUZ, GRADO “COMENDADOR”
EJÉRCITO NACIONAL
1. CR. SAADAT CASTRO ANUAR FERNANDO 98.389.905
2. CR. GORDILLO QUINTERO ÓSCAR NEFTALÍ 80.466.555
3. MY. PORRAS GUTIÉRREZ LUIS GABRIEL 1.015.395.639
4. MY. SEPÚLVEDA RUIZ HUGO ANDRÉS 1.095.788.869
POLICÍA NACIONAL
1. CR. TORRES VARGAS RAFAEL LEONARDO 4.236.843
2. CR. GÓMEZ ZAPATA JOSÉ ANDRÉS 94.391.496
GRAN CRUZ, GRADO “CABALLERO”
EJÉRCITO NACIONAL
1. SV. MONTENEGRO VILLALOBOS YECID VIDAL 17.420.733
2. SV. RAMÍREZ CASTRO FRANCISCO ESNEYDER 80.739.219
3. SS. ANZOLA BARRERA JOSÉ DIUVICELDO 80.463.648
Artículo 2°. Imposición. La condecoración conferida en el presente Decreto, será impuesta en acto especial, conforme lo dispone el Reglamento de Ceremonial Militar y Reglamento de Ceremonial y Protocolo Policial.
Artículo 3°. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., 3 de agosto de 2022.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
El Viceministro de Relaciones Exteriores, encargado de las funciones del Despacho de la Ministra de Relaciones Exteriores,
Francisco Javier Echeverri Lara.
El Ministro de Defensa Nacional,
Diego Andrés Molano Aponte.