DECRETO 1488 DE 2020
(noviembre 23)
D.O. 51.507, noviembre 23 de 2020
por el cual se designa alcaldesa ad hoc para el municipio de Concepción, departamento de Antioquia.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y
CONSIDERANDO:
Que mediante oficio radicado en la Procuraduría Regional de Antioquia el 17 de enero de 2020, el doctor Gustavo Alonso López Orrego, alcalde del municipio de Concepción, Antioquia, manifestó su impedimento para contratar el abogado que actúe como apoderado del municipio de Concepción dentro del proceso penal radicado bajo el número 050016000206-201612356, que se adelanta en el Juzgado Primero Penal del Circuito de Rionegro (Antioquia), por cuanto tiene la doble condición de representante legal del municipio y acusado dentro del mencionado proceso.
Que mediante auto de fecha 27 de enero de 2020, el Procurador Regional de Antioquia, dentro del proceso con radicación IUS-E-2020-025554 // IUC-D-2020-1447463, aceptó el impedimento manifestado por el doctor Gustavo Alonso López Orrego, “para ejercer las funciones de representar y/o contratar la constitución de parte civil en el proceso penal”, al encontrar configurada la causal prevista en el numeral 5 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011, por considerar que “El solicitante en calidad de Alcalde del Municipio de Concepción, Antioquia, señala que tiene un litigio ante la jurisdicción penal dentro del proceso radicado bajo el número 050016000206-201612356, donde es investigado por los presuntos delitos de Contrato sin cumplimiento de requisitos legales y Peculado por apropiación, y a su vez como Alcalde tiene la obligación dentro del mismo proceso constituir la parte civil establecida en el artículo 36 de la Ley 190 de 1995, a los representantes legales de las entidades territoriales -Alcaldía-, les corresponde defender los intereses de la entidad en este caso constituirse en parte civil en el proceso penal en el que también es investigado”, y consecuentemente, se ha remitido a la Presidencia de la República para la designación del alcalde ad hoc para el trámite enunciado.
Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 de 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “… Será de competencia del Presidente de la república decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual se nombra con carácter transitorio …”, el gobernador del departamento de Antioquia, mediante comunicación radicada en el Ministerio del Interior bajo la PQRSD-053365 del 27 de octubre de 2020, avaló y remitió la hoja de vida de la doctora Sthefanía Gómez Uribe, funcionaria vinculada a la gobernación de Antioquia, para ser designada como alcaldesa ad hoc del municipio de Concepción.
Que el artículo 209 de la Constitución Política preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo 3°.
Que, con el fin de dar cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar alcaldesa ad hoc para el municipio de Concepción, Antioquia.
Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en concepto del 6 de marzo de 2014, radicado 11001- 03-06-000-2014-00049-00 (2203).
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Designación. Designar como alcaldesa ad hoc del municipio de Concepción, Antioquia, a la doctora Sthefanía Gómez Uribe, identificada con la cédula de ciudadanía número 1.044.121.493, quien se desempeña en el cargo de Profesional Universitario, código 219, grado 03, asignada al Grupo de Trabajo de la Oficina Privada, adscrito a la Planta Global de la Administración Departamental Nivel Central de la gobernación de Antioquia, para ejercer las funciones de representar y/o contratar la constitución de parte civil en el proceso penal radicado bajo el número 050016000206-201612356, que se adelanta en el Juzgado Primero Penal del Circuito de Rionegro (Antioquia), de conformidad con lo señalado en la parte motiva del presente decreto.
Artículo 2°. Posesión. La alcaldesa ad hoc designada en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.
Artículo 3°. Comunicación. Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto a la alcaldesa ad hoc. designada en este acto, al alcalde titular del municipio de Concepción, a la Procuraduría Regional de Antioquia y a la gobernación de Antioquia.
Artículo 4°. Vigencia El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 23 de noviembre de 2020.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
La Ministra del Interior,
Alicia Victoria Arango Olmos.